Lo que hay que saber sobre la Resolución Nro. 3333 de la AFIP
 
1. ¿Los pasajeros que no necesiten adquirir divisas para viajar, deben realizar algún trámite ante la AFIP?  
No.

2. ¿Quién debe completar el aplicativo de la AFIP establecido por esta resolución?
Solamente aquel pasajero que quiera adquirir divisas para cubrir sus gastos de viaje.
3. ¿Cómo se accede a este aplicativo?      
Ingresando en la página web de la AFIP, www.afip.gov.ar  se puede ingresar tanto desde la opción “Compra de Moneda Extranjera” como desde “Acceda con clave fiscal”.
 
4. ¿Esta resolución de la AFIP cambia en algo los metodos de comercializacion en el sector turistico?
No. Todo sigue igual.

5 ¿Los pasajeros pueden comprar servicios turísticos en pesos?   
Sí.  Las Agencias de Viajes  argentinas comercializan  todos los servicios turísticos en pesos. Y en algunos casos, pueden adquirirlo en cuotas sin interés con tarjeta de crédito.

6. ¿Hay algún cambio  en la forma de fiscalización de las agencias de viajes por parte de la AFIP?
NO, seguirán siendo fiscalizadas como se hizo siempre.
7 . ¿La Agencia de Viajes debe informar a la AFIP sobre las ventas de servicios turísticos que realiza?  
No.  Nunca lo hizo ni tampoco debe hacerlo ahora.

8. ¿Existe  algún control especial   en los aeropuertos y puertos de salida al exterior  a partir de esta resolución?
No.  Las medidas son las mismas que venian existiendo previamente.   

9. ¿Es necesario demostrar a la salida del pais como se adquirieron las divisas para el viaje?
No, siguen vigentes las normas de siempre. Los pasajeros pueden salir con divisas por un valor menor a U$S   10.000   sin declarar.&nbsp