Licencias de conducir: los cambios que impactan en el turismo
El Decreto 196/25 publicado en el Boletín Oficial elimina la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Un repaso por las modificaciones que afectan al sector.
Hoy se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 196/25 firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei; el ministro de Economía, Luis Caputo; y por el jefe de gabinete, Guillermo Francos.
Si bien es documento que cambia múltiples normativas y trámites que se hacen en todo el país vinculados con el tránsito, tanto de personas como de carga, hay algunos puntos específicos que son necesarios resaltar a los fines del sector.
En lo que tiene que ver con la licencia de conducir, se digitaliza por completo la documentación y elimina la obligatoriedad de imprimir un carnet físico y la renovación se puede hacer de manera remota. Además, elimina por completo la LiNTI, que es la licencia profesional.
Licencias de conducir profesionales: cambios para los transportistas
El Gobierno Nacional decidió que las jurisdicciones adheridas al Sistema Nacional de Licencias de Conducir (Sinalic) tendrán la facultad de otorgar la Licencia Nacional de Conducir para los conductores de transporte profesional de carga y pasajeros, correspondientes a las categorías C, D y E. Esta medida le pone fin a la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI).
Otro de los cambios es la vigencia de la licencia profesional que será de 5 años para conductores de entre 21 y 65 años; de 2 años para mayores de 65 y de 1 año para mayores de 70. Antes, el plazo máximo era de 2 años.
Quienes tramiten por primera vez una licencia profesional deberán tener al menos 21 años, contar con un año de antigüedad en la licencia categoría B (autos) y podrán gestionarla en cualquier jurisdicción que se encuentre adherida al sistema nacional. Además, tendrán que realizar un examen psicofísico y un curso teórico-práctico con una carga mínima de 20 horas, sumado a lo que corresponda a cada clase de licencia y porte del vehículo, con posterior evaluación (anteriormente la exigencia era de 16 horas). Al obtenerla, inicialmente tendrán carácter de aprendiz. En el caso de la renovación, también será necesario realizar un examen psicofísico y un curso de actualización en la clase y subclase respectiva, con una carga mínima de 20 horas (este proceso antes requería de una exigencia de 3 hs).
En lo que respecta al trámite para obtener o renovar la licencia profesional, deberá iniciarse de manera remota, con la carga de datos y documentación, y completarse de forma presencial en los prestadores de formación y médicos habilitados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Estos prestadores deberán estar registrados en un registro único, gratuito y digital. Tanto las instituciones formativas como las de salud, encargadas de realizar las capacitaciones y las evaluaciones psicofísicas a los conductores, deberán cumplir con los requisitos y obligaciones establecidos por la ANSV.
Los prestadores registrados previamente en el Sistema LiNTI tendrán un plazo de 90 días para adaptarse a la nueva normativa. Además, a diferencia del esquema anterior, en el que el Estado fijaba los valores de las tarifas, ahora no intervendrá en su regulación.