“En estos casos, la Sala entiende que media una intrusión en el ámbito de libertad del pasajero por parte de la empresa de transporte. No hay lugar a dudas que la frustración -aunque sea parcial- de un momento tan esperado en el año como son las vacaciones genera un trastorno considerable en el ánimo de la persona”, con estas palabras los jueces Guillermo Alberto Antelo, Ricardo Gustavo Recondo y Graciela Medina, sentaron jurisprudencia al fallar en favor de Nadia Raterro en el juicio que ésta entabló contra Aerolíneas Argentinas en 2008, y que la semana pasada se dio a conocer.
La historia comienza cuando la pasajera sufre una demora de mas de dos días en el vuelo que la llevaba a Bogotá para comenzar a disfrutar de sus merecidas vacaciones. El día de partida, los problemas gremiales que aquejaban a la compañía por aquel entonces provocaron la demora de su vuelo, el que posteriormente fue cancelado sin que se informe una fecha y horario de salida aproximados de reprogramación. Al día siguiente, la actora realizó los trámites en la oficina de Migraciones del aeropuerto, pero el vuelo no partió sino dos días después de lo previsto.
El reclamó judicial se fundamentó en dos ítems. Por un lado el daño material, equivalente a dos días de alojamiento en hotel con traslados; y por el otro el daño moral por ver frustradas sus vacaciones de acuerdo a como las tenía programadas.
Si bien Aerolíneas Argentinas se defendió argumentando causas de fuerza mayor porque la demora fue ocasionada por una huelga llevada a cabo por el personal de APLA, la justicia consideró que por su duración el retraso se asemejaba a un incumplimiento definitivo del contrato de transporte.
La sentencia en primera instancia de la causa, caratulada como “Rattero Nadia Lorena c/ Aerolíneas Argentinas SA s/ incumplimiento de contrato”, fue apelada por ambas partes. Finalmente la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia.
Ya hace muchos años que en Estados Unidos existen penalidades y resarcimientos para los pasajeros cuando las compañías aéreas estadounidenses no cumplen con los horarios programados de sus vuelos, no sólo en suelo norteamericano, sino en cualquier aeropuerto del mundo.
Recientemente la Unión Europea también ha creado un marco regulatorio protegiendo los derechos de los pasajeros y obligando a las aerolíneas a compensar económicamente hasta en seiscientos euros al pasajero, cuando existan demoras superiores a las tres horas, e incluyen también alojamiento, comidas y hasta una llamada telefónica.
En un futuro cercano, nuestro país también debería legislar, para sancionar a las aerolíneas y resarcir a los pasajeros, en el caso de demoras y cancelaciones de vuelos. Sería una manera más de cuidar al pasajero, y también, a las aerolíneas.