A las medidas respecto al cambio de divisas impulsadas ya desde hace varios meses, en los últimos días se sumó una nueva resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que busca desdolarizar la demanda para turismo regional.
Con esta normativa, la AFIP no sólo será la encargada de validar o rechazar cada pedido de adquisición de divisas, sino que, además, definirá el tipo de moneda al que el interesado podrá acceder, lo que hasta ahora era una atribución del viajero.
Asimismo, desde la entidad que dirige Ricardo Echegaray fueron contundentes y aseguraron  que “no está previsto trabar la operatoria relacionada con tarjetas de crédito o la compra de paquetes turísticos”.

La nueva ¿buena?

Habiendo sigo publicada en el Boletín Oficial bajo la órbita de la Resolución 3356, y entrando en vigencia desde del lunes 13 de agosto, el organismo fiscal manifestó que toda persona que pretenda viajar al exterior podrá “acceder a la compra de la moneda de curso legal o de uso corriente en el país de destino”.
No obstante, la medida cambiaria establecida por la AFIP, sufrió un dictamen del Banco Central quien aprobó la iniciativa sobre que a partir de ahora se permitirá la compra de dólares sólo en el caso de que se viaje a los países que no sean limítrofes ni de la zona euro. De esta forma, la normativa dio lugar a la menor disponibilidad que iban a tener a nivel local los bancos y las casas de cambio sobre las divisas de los países  exóticos o menos frecuentados por los argentinos.
A su vez, la nueva resolución impone que para la validación de las operaciones de compra de moneda extranjero en concepto de turismo y viajes al exterior, se “requerirá que los datos declarados por el potencial adquiriente sean confirmados por la empresa de transporte aéreo, terrestre, marítimo o fluvial, o en su efecto por el operador turístico interviniente”.
En tanto que, ahora el organismo acepta el pedido, pero la entrega de los billetes sólo se canaliza 48 horas antes del viaje. Asimismo, deja abierta la posibilidad de que algunas operaciones sean rechazadas. La normativa señala que “en caso de disconformidad con la respuesta obtenida, el adquirente podrá presentar ante la dependencia una nota exponiendo los motivos, acompañando la documentación que respalde su presentación”.

A seguir tarjeteando

Por el lado de las tarjetas de crédito, en un principio se habló de un control sobre las empresas de dichos plásticos. Se dijo que la AFIP apuntaría a las compras de divisas que hacen estas empresas para realizar los pagos en las filiales del mundo, con el objetivo de abonar en moneda extranjera los consumos.
Ahora bien, en primera instancia se aclaró que no afectaría las operaciones y la actividad de las tarjetas y sus usuarios. De hecho, el Banco Central y el organismo fiscal comunicaron que el nuevo régimen informativo vinculado a operaciones de cambio turísticas que deben cumplir los bancos, administradoras de tarjetas de crédito y agencias de turismo no implica modificaciones en relación con el sistema actual. Aclararon “que lo que se hizo fue subdividir los pedidos que antes se canalizaban a través de uno solo”. Lo que efectivamente significa que las compras con tarjetas de crédito que se realicen en el exterior podrán pagarse localmente al tipo de cambio oficial.
Por su parte, Julieta Grimaldi, responsable de Presa y Relaciones Institucionales de Visa, diálogo con Mensajero y remarcó: “Dicha actualización no modifica el actual funcionamiento de los usuarios y la empresa, se trata solo de un desglose de la información que deberán presentar a la AFIP de cada cliente sobre el ítem Viajes y Turismo”.

El “paso a paso”
31 de octubre de 2011. La AFIP estableció el Programa de Consultas de Operaciones Cambiarias, mediante el cual cada compra de divisas debía ser autorizada por el fisco, en función de su capacidad contributiva.
10 de enero de 2012. El organismo dirigido por Ricardo Echegaray dictó una resolución mediante la cual, a partir del 1º de febrero, los importadores deben efectuar, en forma previa a la operación, una declaración jurada anticipada de importación (DJAI). Con esta el fisco otorgará o denegará la autorización.
Mayo. Sin ninguna norma de respaldo, la AFIP limitó las autorizaciones. A partir de la segunda semana, se restringieron al mínimo los permisos de compra de moneda extranjera. Desde entonces, se disparó el mercado paralelo o dólar blue.
28 de mayo. El organismo federal dispuso la Resolución 3333: Las personas que viajen al exterior y quieran adquirir divisas deberán llenar en forma previa un formulario en el que se informen los datos del viaje, el operador turístico, los acompañantes, destino y otros. Este paso es previo para obtener la validación de la compra por parte del fisco.
5 de julio. El Banco Central prohibió la compra de dólares para atesoramiento. Y estableció que en el caso de suspensión de un viaje, el cliente que compró divisas debe reingresar los fondos dentro de los 5 días hábiles.
27 de julio. El BCRA estableció que las agencias de viaje sólo podrán acceder al mercado cambiario para realizar transferencias al exterior para cancelar viajes.
27 de julio. La AFIP dijo que sancionará a quienes no devuelvan dólares comprados con motivo de viajes no concretados luego. Podría llegar hasta la inhabilitación del Cuit.
6 de agosto. La entidad fiscal impuso mayores controles para la compra de divisas para turismo. Se entregará la moneda de curso legal en el país al que se viaja. Los datos declarados vía Web por el contribuyente deberán ser certificados por el operador turístico o la empresa de transporte.

Acompañando el modelo
Tras reuniones con referentes de la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo (AAAVyT), los técnicos de la AFIP coincidieron en que se debería exigir el número de ticket de cada pasaje para validar la compra de dólares. La constatación de ese número quedará ahora a cargo de las empresas que lo provean. Así ya no se podría comprar dólares con viajes inventados, dado que según fuentes del Banco Central en un mes se fugaron más de US$ 8 millones por viajes ficticios.
“Desde el lunes nosotros las agencias de viaje certificamos, no informamos de las operaciones”, explicó el Secretario de la AAAVyT; Walter Rodríguez; quien comentó que es normal que cuando se instalan normas nuevas siempre haya agujeros e instancias para mejorar.
“Son actualizaciones y nos tenemos que adaptar a la realidad, no creo que nos afecte en ventas y nuestro rol seguirá siendo hacer negocios”, destacó el dirigente. Y agregó que aunque hace tiempo ya que las resoluciones se suceden, desde la Asociación la intención es aportar, interiorizarse y comunicar”.
Por último, Rodríguez subrayó que la AAAVyT tiene línea directa con los técnicos y decisores de la AFIP, y que “a medida que la normativa vaya caminando, se sentarán a dialogar y resolver si es necesario problemas o diferencias”.

Más controles
Hace unos días, el Banco Central eliminó el código 365 destinado para las ventas por “Turismo y Viajes” e incorporó siete conceptos nuevos, que segmentan específicamente los motivos de las solicitudes.
Con nuevos controles para validar el acceso a la moneda extranjera, la AFIP notificó que la medida no implica ningún cambio a la operatoria cambiara de agencias ni pasajeros sino que sólo es una nueva clasificación de códigos que permitirán segmentar la información sobre las operaciones por turismo.
1. Gastos de turismo y viajes por uso de tarjetas en el exterior (código 661): incluye las transferencias al exterior que realizan bancos y/o las tarjetas que correspondan al pago de los consumos realizados con el uso de plásticosto y débito, y por retiros efectuados de cajeros en el exterior con débito a cuentas locales. No requiere validación de la AFIP.
2. Gastos de turismo y viajes de operadores turísticos por servicios contratados al exterior (código 662): incluye los pagos al exterior efectuados por los operadores turísticos locales, registrados como tales ante la AFIP por los paquetes al exterior vendidos a residentes. No requiere validación de la AFIP.
3. Otras transferencias por turismo y viajes sujetas a validación fiscal (663): incluye los giros al exterior de particulares por reservas de hoteles, excursiones, etc. a residentes en el exterior. Requiere validación de la AFIP.
4. Otras transferencias por turismo y viajes no sujetas a validación fiscal (punto 3.3.c. Comunicación «A» 5318 y complementarias) (código 664): incluye giros de un residente a otro residente que se encuentra de viaje en el exterior (por ejemplo, entre familiares residentes). No requiere validación de la AFIP y tiene un límite equivalente a u$s 1.000 por mes y por cliente.
5. Venta de billetes para gastos de turismo y viajes de residentes sujetos a validación fiscal (665): incluye los billetes en moneda extranjera adquiridos por residentes del sector privado previo a efectuar un viaje al exterior. Requiere validación de la AFIP.
6. Venta de billetes para gastos de turismo y viajes de residentes no sujetos a validación fiscal (666): incluye los billetes en moneda extranjera adquiridos por organismos públicos para el viaje al exterior de sus funcionarios. No requiere validación de la AFIP.
7. Venta de billetes por turismo y viajes a no residentes (667): incluye la compra de billetes en moneda extranjera por parte de no residentes por el remanente de los pesos adquiridos con moneda extranjera durante su estadía en el país, más los fondos cobrados en efectivo en moneda local por devolución del Impuesto al Valor Agregado. No requiere validación de la AFIP.

Hecha la norma, ¿ellos que piensan?
Desde hace varios meses, agentes de viajes vienen amoldándose a las resoluciones de la AFIP en torno a la restricción de la compra de la moneda extranjera. Sin embargo, cuando logran aggionarse, aparecen actualizaciones que los dejan en foja cero nuevamente. En esta ocasión, la flamante taxativa despierta en los operadores preocupaciones respecto a la adquisición de la divisa del país de destino.
“Aún falta conocer la letra chica de esta norma, pero creemos que va a primar la lógica y no nos afectará”, enfatizaron desde AAAVyT Mendoza.
“Ahora nos hacen responsables de la compra de los pasajeros, pero no debería correspondernos, no podemos certificar que el pasajero viaje para eso está Migraciones”, le confió a Mensajero el Vicepresidente de la AAAVyT Córdoba, Gustavo Pfleger .Y reconoció una futura complicación en la operatoria porque muchas ventas pueden verse afectadas y canceladas porque casi no hay acceso al Sol Peruano, guaraníes y pesos bolivianos.
Por su parte, un dirigente y empresario de Salta manifestó su malestar por las constantes restricciones que aminoran las ventas y sostuvo que “el nuevo sistema no será viable en el corto plazo porque ni siquiera las entidades bancarias cuentan con reservas de cada moneda limítrofe”.
Por su parte, Liliana Romeo, Presidente de AAAVyT Puerto Madryn, dijo: “Creo que es una medida que la van a tener que repensar porque  Buenos Aires es una cosa y el interior del país es otra. Acá nada más tenemos Euros y Dólares, o por ahí algún Real”, remarcó Romeo.
 “El hecho de tener que notificar a la AFIP nos puede jugar en contra”, expuso Susana Saguir, Titular de la AAAVyT Santa Fe- Entre Ríos. Y agregó que el verdadero problema es que no hay muchas monedas en Argentina de otros países.

El tiempo dirá
Conocidas las resoluciones y sensaciones que despiertan cada comunicado de la AFIP, es él sector quien deberá acomodarse a los cambios y suplir los vaivenes de esta lucha que apuesta por frenar la fuga de divisas y acortar la brecha con el dólar paralelo. Si afecta o no la operatividad, sólo es cuestión de tiempo para saberlo.

Se la rebuscan
Comprar divisas de moneda extranjera con pesos argentinos puede resultar más fácil y barato en diversos Aeropuertos del mundo que en la City porteña.
En las terminales internacionales estadounidense de Nueva York, Los Ángeles, Miami y Washington, las oficinas de conversión de monedas no ponen límites a la hora de intercambiar divisas ni exigen identificación alguna, y venden dólares por una cifra no menor a los $5,20.
Estas transacciones también se dan en el mercado del euro, ya que la restricción de la AFIP rige para la compra de todas las monedas internacionales.
En este sentido, en la terminal de Barajas aceptan pesos argentinos, y la semana pasada se llegó a pagar a $6,73 por cada euro. Cabe destacar, que este precio sigue siendo conveniente para los turistas nacionales, que consiguen euros en el mercado negro a casi $7.
Sin embargo, desde el país ibérico informaron que cuentan con un excedente de pesos argentinos, producto de la llegada a la capital española de muchos argentinos, que intercambiaron inmediatamente sus pesos por euros apenas arribaron a suelo europeo, y están analizando la situación respecto al cambio.