Desde septiembre los hoteleros tendrán la obligación de emitir la factura “T” a los turistas extranjeros para la devolución del IVA.  Cambios en los sistemas y un régimen de información que rechazan.

Hacia fines del año pasado, el Gobierno había establecido, a través de la AFIP, la implementación de la factura “T” para el cobro por parte de hoteles, hosterías, pensiones, hospedajes, moteles, campamentos, apart-hoteles y similares a turistas extranjeros que pagaran con tarjeta de crédito foránea o transferencias desde su país de origen y, el nuevo régimen debía entrar en plena vigencia el 1 de abril de este año.

Sin embargo, tras dilaciones e inconvenientes por parte de muchos establecimientos para aplicar la nueva factura hicieron que el plazo se extendiera tres meses. Y, cuando llegó julio, sí, se extendió dos meses más, hasta llegar a la decisión que el organismo estatal tomó la semana pasada de hacer definitiva la iniciativa y que a partir del 1º de septiembre sea obligatorio emitir esa factura y no esté permitido facturar a los turistas extranjeros con las facturas “A” o “B”.

Si bien ya hay establecimientos que la están aplicando, esta medida puso a algunos empresarios entre la espada y la pared porque, según afirman, no podrían llegar a modificar sus sistemas para la implementación digital de dicho comprobante. “Nosotros empezamos a emitirla a mediados de julio, pero entiendo que pueda haber algunos colegas que, por un tema de sistemas, lleguen a tener problemas”, señaló a esta revista el director Financiero de un importante hotel porteño.

Desde la Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina (AHT), su presidente, Aldo Elías, señaló que la entidad aún no contabilizó cuántos de sus asociados ya se han acogido al nuevo régimen y a cuántos les falta ingresar, aunque anticipó que este martes habrá un encuentro en la Asociación, en el que se debatirá este tema.

Con respecto a quienes no han podido regularizar su situación y puede que tampoco logren hacerlo en septiembre, Elías aclaró que “hay hoteles que están dependiendo de que su proveedor de sistemas les solucione el problema”, ya que se debe aplicar el software Opera, un sistema de “un proveedor muy grande, uno de los más grandes del mundo, y este tipo de adaptaciones lo hacen en el exterior y no le prestan mucha atención a la Argentina en sí”.

“Hay hoteles que están dependiendo de que su proveedor de sistemas le solucione el problema” Aldo Elías, presidente de la AHT.

Renuencia al cambio

También, aclara Elías, que podría haber algunos hoteleros que no estén cómodos con esta modificación en el sistema porque “uno siempre es renuente a los cambios, el ser humano de por sí se resiste a los cambios y cuando, además, depende de un tercero, se resiste mucho más”.

Con respecto a quienes no lleguen a partir de la semana que viene a adoptar el sistema de facturación “T”, según el dirigente, deberían poder emitir a la AFIP una explicación sólida solicitando una nueva prórroga, y si la aclaración es sustentable el organismo estatal no debería tener motivo para multar al establecimiento. “No va a multar por deporte, porque si el hotel no puede cumplimentar esto termina siendo un problema para la AFIP también. O sea, yo no puedo cerrar la empresa porque no le pueda dar cumplimiento a esta modalidad de facturación, pero tiene que quedar muy en claro que no es responsabilidad del hotel, sino que excede a su competencia “.

En el mismo sentido que señala Elías, la contadora Marcelina García Labandal, que organiza el departamento financiero de Mil Espacio de Montaña, de Bariloche, con cuatro hoteles, se refirió a la “resistencia al cambio” de algunos establecimientos, aunque destacó que esta modificación no es tan brusca como algunos creen, sólo que falta acostumbrarse a aplicarla, con una mínima inversión que implica la compra de hardware –una computadora- y el software especializado.

Respecto a la facturación, García Labandal señaló que “estamos emitiendo las facturas A y B con el reintegro a los pasajeros extranjeros que pagan con tarjeta o que reservan mediante transferencia bancaria de antemano, como los brasileros, que tienen muy incorporado ese procedimiento, pero aún estamos esperando que nuestro sistema hotelero de Buenos Aires nos implemente la factura T electrónica y como todavía no va a estar la implementación lo vamos a hacer con factura manual y deberemos cargarla vía web, hasta que esté el sistema. Es una pequeña complicación momentánea, pero no es algo tan grave como algunos piensan”.

Asimismo, aclaró que el hotel deberá realizar una pequeña inversión en cuanto al sistema y las computadoras, pero que es ínfima en comparación a las ganancias que se obtienen gracias a que los turistas extranjeros se ven atraídos por la devolución del IVA.

La polémica pasa por otro lado

Más allá de la mera cuestión operativa, hay un factor que irrita a los sectores hoteleros nucleados en la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA), que se remite al régimen

“Con respecto a la emisión de la factura T en sí, prácticamente no están quedando dudas. El problema que aún persiste tiene que ver con el régimen de información”, resaltó Gustavo Fernández Capiet, vicepresidente 2º de la entidad –y presidente de la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica de San Martín de los Andes-.

“El régimen de información, teóricamente, es para aportar alguna información adicional sobre el régimen de facturación. Nosotros, no sólo FEGHRA, sino también la AHT y FAEVyT, venimos sosteniendo que no presta ninguna utilidad, sino que además es sumamente engorroso, sobre todo para los hoteles chicos y aquellos que tienen sistemas que no se pueden adaptar”, se quejó Fernández Capiet, que adelantó que pedirán la derogación de dicho régimen.

Asimismo, agregó que “este régimen de información, en su mayoría hay que trabajarlo a mano, y es muy engorroso, produce muchos rechazos en los archivos que uno tiene que enviar a la AFIP, y no deja de ser tedioso, que pide información innecesaria, como tener que individualizar a cada pasajero en un grupo de turistas” y, para colmo “hay lugares del país en donde tenés hoteles chiquitos y un servicio de Internet horrible, por lo cual hacer la factura T ya es un logro, imaginate generar el régimen de información. Por eso queremos que sea derogado, porque es una carga adicional al hotelero que no tiene sentido”.

“El problema que aún persiste tiene que ver con el régimen de información” Gustavo Fernández Capiet, vicepresidente 2º de FEHGRA.

Los últimos detalles

Cuando se parte de la cuestión de quién es el beneficiado con estas medidas, se puede pensar que todos lo son, ya que el turista se ahorra un 21 por ciento que se habría ido con el IVA, y el hotelero tendrá más pasajeros ya que esta medida atrae a más viajeros del exterior. Sin embargo, en cuanto a la aplicación de este sistema, es donde los empresarios comienzan a dudar sobre los beneficios y piensan plantear una propuesta superadora.

“Estamos preparando un documento con todos los detalles que deberíamos ajustar al régimen de devolución del IVA, que a esta altura ya son detalles menores porque, honestamente, el Ministerio de Turismo le ha puesto mucho énfasis a que el sistema funcione, y nosotros también, porque nos hace un 21 por ciento más competitivos con los países vecinos”, remarcó Gustavo Fernández Capiet, de FEHGRA.

El polémico punto 4

Entre todos los requisitos a completar en la factura T, lo que desde FEHGRA señalan como polémico e inútil se encuentra en el punto 4 del Anexo 1 de la resolución de la AFIP, que explicita cómo deberá completarse el formulario:

4. Respecto de la operación/consumo:

4.1. Descripción del servicio, debiendo indicar si incluye desayuno.

4.2. Precios unitarios y totales.

4.3. Descuentos y bonificaciones otorgados.

4.4. Todo otro concepto que incida cuantitativamente en el importe total de la operación.

4.5. Deberá discriminarse:

4.5.1. El importe neto gravado de la operación.

4.5.2. El importe de la comisión, de corresponder.

4.5.3. La alícuota a que está sujeta la operación.

4.5.4. El monto del impuesto al valor agregado.

4.5.5. El monto de los restantes tributos que no integren el precio neto gravado.

4.5.6. El importe del reintegro del Decreto N° 1.043/2016, el cual deberá ser igual al importe del impuesto al valor agregado correspondiente al servicio de alojamiento (incluido el de desayuno, de corresponder).