El pasado martes 2 de octubre se realizó, con más de 320 inscriptos, la Jornada Económica Tributaria de Turismo, organizada por la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo. El encuentro tuvo lugar en el Salón “Manuel Belgrano” del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y contó con la presencia de funcionarios públicos, expertos en el tema y asesores profesionales que durante la jornada abordaron temas de capacitación práctica sobre las nuevas políticas fiscales para profesionales y empresarios del Sector Turístico.
El primero de los temas que se abordó fue el del Impuesto a los Ingresos Brutos, Regímenes de recaudación. Retenciones y percepciones. Mapa y tratamiento en las distintas jurisdicciones, con la participación de tres profesionales además de Fabián Contrera, Fabián Menéndez, Marcelo Labanca y Marina González, quienes presentaron un mapa de todo el país.
A continuación se habló sobre Impuestos Nacionales, Facturación Electrónica y en particular del nuevo QR (se trata de un código de manchas similar al código de barras que permite que los datos se lean a alta velocidad en celulares y lectores) para la lectura de la Data Fiscal, que es lo que deben tener los locales de viajes y operadoras de donde salen todos los datos de presentaciones de impuestos con vigencia desde este mes. Además la aplicación del IVA al transporte y monotributistas.
También expusieron Juan Carlos Chervatin, Fabricio Di Giambattista, Alberto Crupnicoff y Oscar Ghezzi, quienes relataron experiencias desde la posición empresarial. Por su parte Crupnicoff resaltó el aumento de los costos, la estructura de estos y la pérdida de rentabilidad.

En tratativas

Horacio Curien, Subdirector General de Fiscalización de la AFIP, fue quien habló sobre la Declaración Jurada Anticipada de Servicio (DJAS), fundamentada en la resolución 3.276. Finalizando su exposición Curien mencionó que actualmente se está analizando, junto al sector empresario y la AFIP, la posibilidad de aplicar el DJAS al sector turístico, y aunque aclaró que no estaba resuelto todavía, se trataría de una necesidad del gobierno por el volumen de dinero que mueve el turismo. Señaló que en caso de resolverse, tendrán en cuenta el modo de operación del sector y la velocidad que requiere el mercado.
Hizo hincapié en garantizar rapidez para cada operación, debido a que en la actualidad para realizar las transferencias de otros servicios impositivos se requieren de varios días, y en el sector del turismo no es positivo demorar muchos días para cada operación.
El Asesor Impositivo de la AAAVyT, Pascual Barbieri, le comentó a Mensajero que “si el compromiso de las autoridades, de dar agilidad y facilidad al sector se cumple, no debería haber inconvenientes”, aunque por otra parte declaró: “No me atrevería a asegurar que lo vayan a hacer”. Con respecto al DJAS, Barbieri explicó: “busca controlar la consistencia financiera, lo que de alguna manera significa blanquear la economía, tal como sucede con el resto de las actividades comerciales y productivas, esto ya está funcionando, el único servicio que no lo tenía es el turismo. El resto de las áreas, desde la resolución 3276 de la AFIP, ya lo venían haciendo hace tiempo”.
El Dr. Barbieri sostuvo que ante la aprobación de la aplicación de la Declaración Jurada Anticipada de Servicio al sector del turismo: “El trabajo administrativo quedaría a cargo del operador, por eso la medida no perjudicaría al turista. Lo que generaría es mayores controles administrativos y mayor trabajo, pero no traería complicaciones”. Por otra parte el Asesor Impositivo de la AAAVyT expresó su deseo de que no sea conflictivo para el sector. “Lo que sí es importante es que al menos se anunció, se conoce, se analizó la política vigente. Y esto  pone sobre la mesa el problema. Si a mí me das a elegir prefiero que no se aplique”.
Se estima que en aproximadamente diez días se conocerá si se aplica o no al turismo.

Dejar las cosas en claro
Otra de las oradoras, la Licenciada en Relaciones Exteriores y Despachante de Aduana, Carmen Carballeiro, explicó detalladamente las normas cambiarias de ida y de vuelta y de la facilidad para transferir divisas al exterior. Carballeiro explicó a Mensajero que la última comunicación del Banco Central, que fue el tema que abordó, y que habla sobre el pago de servicios al exterior, señaló que no sólo hablaron de turismo, sino del pago de servicios en general. “Hicimos el comentario de que hay algunos códigos y conceptos que llevan a confeccionar una declaración jurada anticipada de servicios y que el Banco Central, a los efectos de pagar servicios, tiene ciertos requisitos, inclusive el turismo”, dijo. Aclaró que específicamente la categoría turismo y viajes, en la parte dedicada a las agencias en la comunicación del Banco Central, que están inscriptas en el AFIP, no lleva la validación a los efecto de girar dinero al exterior, y señaló”, hay un programa de consultas de operaciones cambiarias que los bancos tienen que usar, que está implementado por la AFIP, a los efectos de tener acceso a un mercado único y libre de cambio”. Por lo tanto lo que se comentó de dicha comunicación en la JETT, es que puntualmente dice que el acceso de los operadores turísticos, en la medida en que estén inscriptos como tales ante la AFIP, de momento no necesitan de esa validación, por lo tanto tienen libre acceso. “Siempre que se cierre un cambio por turismo y viaje, hace falta la autorización de AFIP, menos para las transferencias por servicios turísticos”, luego envió un mensaje tranquilizador para los agentes. “Que se queden tranquilos porque la norma a ellos los beneficia de forma tal que si el argentino contrata el paquete turístico con un agente de viajes, el agente no necesita que lo autoricen, ya por estar inscripto en AFIP, pasa la validación. Eso colabora con que la gente contrate, hoy más que nunca, sus paquetes turísticos con un agente inscripto que cumple con todas las normas y reglamentaciones”.

No tan buenas para el turista

En cambio las reglamentaciones no son tan favorables para los turistas. “En relación al turista, éste tiene que completar un aplicativo en que solicita a la AFIP la divisa necesaria para salir al exterior y ésta le responde en función de la capacidad económica, del país al que se dirige, del tiempo de estadía, y será luego el banco el que le dará la moneda solicitada”.  

Te paso la “Data”

El formulario 960/NM- Data Fiscal, requiere cierta información, posee un link de ingreso a una página web que exhibirá el resultado, en tiempo real, de controles sistemáticos como: Si posee CUIT activa, qué actividades realiza, si el domicilio fiscal es correcto, la condición frente al IVA y el monotributo, si están todas las DD.JJ de IVA presentadas ( de corresponder), su condición frente al Impuesto a las Ganancias, si se adeuda algún pago de Monotributo y si se presentó la DD.JJ informativa del Monotributo.

Preocupación
El Director de la Maestria en Economía y Gestión del Turismo -FCE - UBA-, Juan Carlos Chervatin, dijo que los distintos sectores que integran la Cámara Argentina de la Mediana Empresa -CAME- se han ido sumando paulatinamente a la DJAS, mientras que el Turismo todavía no ha sido alcanzado por esta reglamentación, aunque ya se encuentra avanzado el proyecto que equipararía a los operadores turísticos con cualquier exportador de bienes o servicios, implicando la necesaria apertura de una Carta de Crédito y la correspondiente autorización del organismo pertinente para el giro de divisas fuera del país.    

Resolución General Nº 3276/2012

Que mediante las Resoluciones Generales Nº 3252, Nº 3255 y Nº 3256 se estableció la utilización de la herramienta informática denominada “Ventanilla Unica Electrónica del Comercio Exterior”, la cual genera un proceso de integración de la gestión de los distintos organismos gubernamentales que intervienen en la tramitación de las operaciones de comercio exterior.
Que la disponibilidad anticipada de información estratégica posibilita una adecuada interacción entre dichos organismos, potenciando los resultados de la fiscalización integral que compete a cada uno de ellos.
Que, a tal efecto, resulta aconsejable incorporar a la “Ventanilla Unica Electrónica del Comercio Exterior”, en una primera etapa, la información correspondiente a determinadas prestaciones de servicios, de monto significativo, efectuadas por sujetos del exterior cuyos prestatarios sean residentes en el país y a las prestaciones de servicios efectuadas por residentes del país cuyos prestatarios sean sujetos del exterior.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Coordinación Técnico Institucional, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Recaudación y Técnico Legal Impositiva, y la Dirección General I