San Juan tiene nueva Ley de Turismo
El proyecto fue sancionado esta mañana por la Cámara de Diputados y reemplazará a la normativa vigente desde hace 50 años.
Esta mañana, la Cámara de Diputados de San Juan sancionó la nueva Ley de Turismo provincial. La norma reemplazará a la vigente 25.997 que fue establecida hace medio siglo. La sesión contó con la presencia de la ministra de Turismo y Cultura local, Claudia Grynszpan; y el secretario de Turismo, Roberto Juárez, acompañados por el sector privado.
“A través de esta aprobación unánime, se demostró una verdadera democracia tras un trabajo que se viene haciendo desde hace más de un año. Es importante también tener en
A través de esta ley, se crea el Consejo Provincial de Turismo con carácter consultivo y no vinculante. "Tiene por finalidad lograr la coordinación, colaboración y cooperación entre los diferentes actores involucrados y relacionados mediante la actividad turística", explica el documento. Este espacio estará integrado por todas las entidades e instituciones provinciales legalmente constituidas, públicas y privadas de carácter empresarial y académico que estén vinculadas al turismo, como así también los representantes de los municipios turísticos declarados como tales, de acuerdo a lo establecido en esta ley.
Asimismo, determina la creación del Registro de Prestadores de Servicios Turísticos en el que se deben inscribir las personas prestadoras de servicios como condición previa a cualquier oferta, contratación y comercialización de sus productos y servicios.
La Autoridad de Aplicación debe reglamentar la forma y modo en que se deben inscribir las personas prestadoras de servicios turísticos de acuerdo a las distintas modalidades.
Otro de los puntos relevantes es el desarrollo del Fondo de Promoción Turística, que reemplaza al previsto por la Ley 268 T.
Recursos que lo integran:
- Por los aportes estatales.
- Por el 100% de las rentas de alquileres o concesiones de los bienes muebles o inmuebles del Estado Provincial afectados a la actividad turística.
- Por el producido de la explotación de vehículos de transporte terrestre, aéreo, lacustre, medios de elevación y otros del Gobierno Provincial, que estén a cargo de la Secretaría de Turismo.
- Por el producido de la comercialización de artículos regionales, artesanías y elementos de promo.