El Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid ha aceptado la petición de Air Comet de permitirle negociar un plan de pagos con sus acreedores durante un plazo de tres meses antes de que la compañía se vea obligada por ley a declararse en concurso voluntario de acreedores, para cuya presentación tendrá un mes más, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El juez ha estimado el escrito presentado por la compañía el 22 de diciembre, en el que solicitaba acogerse al artículo 5.3 de la Ley Concursal, que le permitirá negociar sus deudas antes de verse abocada a la suspensión de pagos.
De este modo, ninguno de los acreedores de la compañía aérea tendrá la posibilidad de presentar concurso voluntario contra ella durante este periodo de cuatro meses. En caso de que el juez aceptara un concurso necesario, los dueños de Air Comet perderían sus facultades de gestión sobre el patrimonio de la aerolínea y un administrador concursal asumiría el control de la empresa.
Air Comet remitió al juzgado el pasado día 22 su comunicación de insolvencia, en la que anunciaba el inicio privado de negociación y solicitaba acogerse al artículo 5.3, que se introdujo en la pasada reforma de la Ley Concursal de marzo de 2009 y que obliga a los jueces a aceptar siempre estos procesos de negociación.
La solicitud se produjo tras el impago de una deuda de 17,2 millones en concepto de alquiler de la flota al Nord Bank y de nóminas por valo