Volver al futuro
Por 59 votos a favor, el Senado aprobó la Ley que restablece los feriados puente, que ya contaba con la media sanción de Diputados.
Finalmente el proyecto del diputado nacional Maurice Closs fue aprobado por el Senado, el pasado miércoles, con 59 votos a favor y una abstención. El mismo ya contaba con la media sanción por parte de la Cámara de Diputados, donde se votó en forma casi unánime con 152 a favor y 1 en contra.
La iniciativa faculta al Poder Ejecutivo para establecer tres feriados puente a lo largo del año para completar un fin de semana largo cuando los días festivos inamovibles sean un martes o un jueves. A su vez, deberá establecerlos con 50 días de anticipación. El objetivo primordial de este proyecto, y la forma en la que vuelve, es incentivar el turismo, empujar el desarrollo de las economías regionales y no crear conflicto de intereses, como ocurrió anteriormente con Industria y Educación.
Los feriados puente fueron establecidos por ley durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner (2010), pero el actual primer mandatario, Mauricio Macri, los eliminó en enero pasado, con el decreto de necesidad y urgencia 52/2017, alegando que afectaban el cumplimiento del calendario escolar y que entorpecían la competitividad del sector productivo.
En conversación con este medio, el diputado Closs afirmó que la ley: “Se adapta a distinto tipos de situaciones e, inclusive, podría aplicarse un feriado que no tenga vinculación con ninguna actividad festiva. Es decir, el Poder Ejecutivo Nacional, si en algún momento de la historia cree que, por ejemplo, el mes de junio viene muy bajo en el sector y decide declarar feriado turístico, no tendría limitación”.
Consultado por la decisión de Macri de quitar los feriados puentes, el funcionario declaró: “La intención original de Macri era reducir feriados puentes y aumentar feriados largos. Pero, hubo mucha oposición cuando se pretendió hacer móviles algunos feriados, especialmente el 24 de Marzo y el 2 de Abril”.
Voces a favor
Desde el momento de la sanción, distintas entidades lanzaron sus respectivos comunicados y declaraciones que dan cuenta de la importancia de que se restablezcan los feriados puente.
En el caso de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), su presidente, Fabián Tarrío, declaró: “Contabilizamos y damos a difundir el gasto promedio de los turistas cada fin de semana largo, para poder identificar el alcance económico tanto para el comercio como para el turismo”. Además, señaló que “desde 2012 propusimos la idea de ‘día no laborable’, como término medio para no afectar al sector industrial”, en referencia al día de la jornada puente que se abonará un 50 por ciento más en lugar del 100, como se considera a cualquier feriado, para no perjudicar a las empresas que necesiten producir.
Volumen II
Por su parte, el presidente de la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (FAEVyT), Fabricio Di Giambattista, afirmó: “Es una excelente noticia, no sólo para el sector turístico sino para todo el país que recupera una fuente importante de movimiento económico. Volver a los feriados puente nos permite generar nuevas ofertas turísticas a lo largo del año sumando actividad en temporada baja”. Y agregó: “Gracias a los miles de turistas que se movilizan durante los feriados, en los distintos puntos del país, se fortalecen las economías regionales, se generan nuevas oportunidades de negocios lo que redunda en más en más empleo y mejor calidad en los servicios prestados”.
En esta línea, las autoridades de la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) destacaron la importancia de Ley, ya que ofrece previsibilidad a la actividad turística. “Al proponer previsibilidad, permite la promoción más eficiente de los destinos. Por otra parte, está en sintonía con la tendencia mundial de viajes más cortos y más frecuentes”, sostuvieron mediante su comunicado.
El presidente de la Cámara Argentina de Turismo (CAT), Oscar Ghezzi, aseguró que “esto va a redundar en mejoras concretas en los destinos turísticos de todo el país, en el sector privado y en toda la sociedad. Es positiva porque ordena en forma clara cuáles son inamovibles, cuales son móviles y el criterio de la movilidad”.
Añadió, además, que “desde la Cámara Argentina de Turismo brindamos un total acompañamiento a esta iniciativa que fortalece la actividad económica de nuestro país, genera empleo y potencia las economías regionales”. Y alegó que “el Poder Legislativo nacional hizo un enorme aporte al desarrollo turístico en cada rincón del país. Los feriados y fines de semana largos ordenados en forma adecuada permitirán generar un alto impacto en la economía del país”.
Desde la Cámara Entrerriana de Turismo (CET), destacaron esta sanción y su presidente, Sebastián Bel, declaró que el DNU 52/2017 “afectó de manera negativa al sector turístico. Estaban estipulados para 2017 los fines de semana extra largos del 25 mayo, que cayó viernes, y el del 20 de junio, que fue martes. Al perderlos, tuvimos en total ocho días menos en los que evaluamos que podría haber habido una afluencia turística con una ocupación de entre el 80 por ciento y el 95 por ciento, y estimamos que fueron entre 90 y 100 millones de pesos los que finalmente no ingresaron a la economía entrerriana”.
Por otra parte, dijo: “El turismo se ha constituido en una de las actividades más significativas en cuanto a generación de empleo y bienestar en las economías regionales, razón por la cual entiende que el restaurar los feriados puente significar devolver a estas economías un importante factor de desarrollo”.
“Volver a los feriados puente nos permite generar nuevas ofertas turísticas a lo largo del año sumando actividad en temporada baja”. Fabricio Di Giambattista.
Más detalles
Además de establecer que el Poder Ejecutivo tenga la facultad de establecer tres feriados puente, la ley fijó los feriados inamovibles, los trasladables ylos días no laborables de 2018. Feriados Nacionales Inamovibles: 1º de enero (Año Nuevo); Lunes y Martes de Carnaval; 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia); Viernes Santo; 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas); 1º de mayo (Día del Trabajador); 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo); 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano); 9 de julio (Día de la Independencia); 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María); 25 de diciembre (Navidad). Feriados nacionales trasladables: 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Martín de Güemes); 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín); 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural); 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional). Días no laborables: Jueves Santo. Para quienes profesen la religión judía los días del Año Nuevo Judío (RoshHashana), DOS (2) días, el Día del Perdón (IomKipur), UN (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los DOS (2) primeros días y los DOS (2) últimos días. Para quienes profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).