Río Negro junto a la Ley de Turismo Estudiantil
El proyecto de Ley, que deberá ser aprobado por la Legislatura de Río Negro y sancionado con fuerza de Ley, será una herramienta fundamental de resguardo y seguridad al momento de contratar un viaje de estudio, concientizando a todos los sectores involucrados sobre la importancia de contratar Agencias de Viajes, con certificado de Turismo Estudiantil.
La Ley Nacional de Turismo Estudiantil 25.599/02, su modificatoria 26208/06, y la reglamentación, resolución 23/2014, establece en su articulado como se deben brindar los servicios a los contingentes estudiantiles.
La misma norma conceptualiza los términos de los viajes y sus características:
-Viajes de estudios: Como actividades formativas integradas a la propuesta curricular de las escuelas, que son organizadas y supervisadas por las autoridades y docentes del respectivo establecimiento.
-Viajes de egresados: Actividades turísticas realizadas con el objeto de celebrar la finalización de un nivel educativo o carrera, que son organizadas con la participación de los padres o tutores de los alumnos, con propósito de recreación y esparcimiento, ajenos a la propuesta curricular de las escuelas.
A partir de la necesidad de que exista un ofrecimiento turístico, el propósito de la adhesión a la Ley Nacional de Turismo estudiantil y su modificatoria, es crear un marco legal provincial a los efectos de regular la oferta turística estudiantil rionegrina.
Las Agencias de viajes turísticos debidamente habilitadas e inscriptas en el Registro de Agentes de Viajes de la Secretaría de Turismo de la Nación, de conformidad con la ley 18.829, que brinden servicios a contingentes estudiantiles, deberán contar con un "Certificado nacional de autorización para agencias de turismo e