Como hemos mencionado en ediciones anteriores, los alquiles ilegales son una problemática que aqueja al sector hotelero y en vísperas de una nueva temporada estival, el tema vuelve a cobrar énfasis en los reclamos de los trabajadores del turismo.

La tendencia, que cobró notoriedad en los últimos años, precisa ser regularizada para garantizar una leal competencia. Ante esto, y para modernizar la actividad, se aprobó una Ley, que reemplaza a la ya antigua Ordenanza Nº 36.136, de 1980. El objetivo de esta norma es clasificar los alojamientos turísticos según marca la actualidad. Esto determina tres categorías: Hotelero – hoteles de 1 a 5 estrellas, apart-hoteles de 1 a 3 y hoteles boutique-, Para-hotelero – Bed and Breakfast, hostal- y Extra-hotelero – campings y campamentos turísticos.
De esta forma, se ordenan y regularizan por categoría las nuevas denominaciones de los establecimientos hoteleros. Ya están registrados y catalogados.
El Diputado Jorge Garayalde, con la colaboración de Delia Bisutti y Silvina Pedreira, fueron los autores de este proyecto.

Poner orden
Eduardo Palena, presidente de FEHGRA Mar del Plata, una las ciudades que cuenta con un mayor número de alojamientos no regulados, declaró: “La oferta de alquileres temporarios de Departamentos Turísticos es una modalidad de alojamiento que se sigue expandiendo y se constituye en un competidor en condiciones de privilegio frente a un hotelero que afronta cada vez más cargas impositivas, controles municipales, provinciales, nacionales como así también aranceles específicos de la actividad”. Además Palena brindó datos a tener en cuenta: “La oferta pública que realizan los propietarios de unidades en arriendo con fines de lucro por intermedio de inmobiliarias, agencias y portales vía Internet es un acto comercial nato. Según datos recabados por FEHGRA existen en nuestro país más de 600 mil plazas de alojamiento informal y representan más de US$ 1.000 millones en manejo de fondos. En nuestra ciudad están disponibles 300 mil plazas informales frente a unas 60 mil formales”. Aclaró, además, que “muchos tienen a la inmobiliaria como enemigo, pero tendríamos que trabajar juntos en esto porque además de generar falta de transparencia, suele incidir negativamente en la imagen de la ciudad de Mar del Plata” explicó.
Con el objetivo de alcanzar el 100 por ciento de la recategorización de Viviendas de Alquiler Temporario, también la Secretaría de Turismo de la Municipalidad de Puerto Madryn continúa con el trabajo directo junto a los propietarios de alquileres temporarios y mantiene la convocatoria para cumplimentar su inscripción oficial correspondiente.
Esto permitirá iniciar el trabajo de categorización o recategorización de cara a la temporada de verano. Desde la Secretaría de Turismo se solicita a todos aquellos propietarios de Viviendas de Alquiler Temporario, que forman parte del Registro Único de Viviendas de Alquiler Temporario que hace más de un año no reciben inspecciones, categorizaciones o recategorizaciones por parte de la Municipalidad, se comuniquen con la Secretaría de Turismo para efectuar las inspecciones de rutina en sus establecimientos.
Esta problemática se siente en todo el país. Bariloche, desde julio de este año, lanzó la campaña Alojamiento Seguro, con la intención de concientizar a los turistas sobre los recaudos que deben tener a la hora de hospedarse. “Desde las cámaras y la asociación de hoteles venimos bregando para que  los alojamientos se recategoricen, somos muy conscientes de la necesidad de la acción tanto de provincia y nación” señaló Rubén Kodjaian, presidente de FEHGRA Bariloche. “Este tema se está generalizando. Muchas veces es necesaria una actualización y para ello estamos trabajando de forma conjunta”, indicó Kodjaian.
Fabián Godoy, del Consejo Mixto Turismo Gualeguaychú, afirmó que en la ciudad entrerriana son necesarios los alojamientos informales durante la temporada de verano, porque les permite cubrir la demanda de pasajeros que tienen durante esos meses. “Nuestra manera de regularlos es a través de la ordenanza 10.594 del año 2002, que indica que ofrezcan los alojamientos a través de una inmobiliaria”. Además señaló que durante el resto del año intentan que estos alojamientos no estén en actividad.
El presidente de FEHGRA Pinamar, Néstor Aizcorbe, apunta a que “Arba tome cartas sobre el asunto, no solamente los municipios, también AFIP debería hacer las fiscalizaciones” y afirmó que “cada jurisdicción lo tiene  que pelear fuertemente con la parte pública, el municipio, que es el principal órgano regulador”.

Ciudad habilitada
Semanas atrás la Cámara de Turismo Regional de La Plata se reunió con propietarios de departamentos en alquiler de dicha ciudad, quienes demostraron su interés por adherirse en la búsqueda de la categorización de la provincia, la cual haría que este sector del mercado no compita con los hoteles. “Este tipo de alojamientos, bajo la regularización, podrán ser destinados a estudiantes universitarios que cursen sus carreras en la ciudad. Además, como contamos con hospitales de alta complejidad, la ciudad suele recibir a pacientes provenientes desde otros lugares por lo que les resulta de suma comodidad el alquiler de un departamento”, explicó Daniel Loyola, presidente de la Cámara de Turismo Regional. Y continuó: “aspiramos a que la municipalidad le de la habilitación a quienes les corresponda y que la provincia los categorice”. La ciudad ya cuenta con un 65 por ciento de hoteles categorizados. La Plata es un destino turístico reciente, que ya cuenta con una inversión a corto plazo para la creación de hoteles, actualmente hay cinco emprendimientos en construcción con fecha probable de finalización de dos o tres años.
“Nuestra condición de destino turístico está avalada en características históricas, culturales y económicas. Ya podemos vislumbrar también a la ciudad como un destino de negocios, eventos y ocio. Nuestra ubicación estratégica con accesos por vía terrestre, aérea y las obras del puerto nos posicionan fuertemente”, señaló Daniel Loyola.
Teniendo en cuenta que el llamado “alquiler temporario” es una realidad local e internacional, desde la Cámara impulsan que la mayor cantidad de plazas calificadas pasen a formar parte de la oferta en el mayor grado de igualdad técnica y tributaria que sea posible, para no desalentar la inversión en la hotelería tradicional ya instalada, en obra o en proyecto.

Puntos a considerar
- En el Código Civil se regulan los alquileres temporarios en zonas turísticas. En consecuencia, es necesario como primer punto de la ordenanza declarar a la ciudad de La Plata como zona turística.
- Creación de un Registro de Alojamientos Temporarios bajo la órbita del EMATUR (en consonancia con la Secretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires).
- Establecer requisitos mínimos en cuanto a seguridad, higiene y salubridad. Fiscalización conjunta a cargo del EMATUR y de la Dependencia Municipal que corresponda en cada caso.
- Contemplar un anexo con el contrato básico, responsabilidades, y establecimiento de los tribunales turísticos en caso de arbitrajes cuando estos estén en funcionamiento, mientras tanto recurrir a tribunales de mediación del Colegio de Abogados. Copia del mismo con fines estadísticos.
-Registro de pasajeros y libro de quejas

Temas a evaluar
- Obligatorio para los propietarios de más de 3 unidades (igual que la legislación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
- Condominios o edificios parciales o totales legislación hotelera.
- Requisitos de habilitación: bomberos, accesibilidad, protección para niños en enchufes y balcones, etc.
- Servicios mínimos: mobiliario, kitchenette, vajiwlla, ropa de cama.
- Servicio de limpieza: mínimo una vez por semana.- Depósitos/garantías
- Horarios check in/check out
- Mínimo de noches.
- Máximo: 6 meses

Fundamentos
1.- Los hoteles cumplen con sus obligaciones impositivas:
2.- Los hoteles, al contratar personal, deben registrarlo y tributar cargas sociales.
3.- La facturación utilizada en la categoría de “monotributistas” o la nula facturación, de quienes ofrecen en alquiler estas unidades dista y mucho de la tributación que sí realizan en forma legal los alojamientos hoteleros.
4.- La tasa de ABL es diferente, ya que los departamentos en alquiler abonan en tanto se “presentan” como unidades residenciales y no como lo que realmente son, es decir una actividad comercial.
5.- Los hoteles también abonan por la música  y uso de televisores a SADAIC, AADI CAPIF, ARGENTORES, DAC, SAGAI y la modalidad informal no.
6.- El Impuesto Inmobiliario actual contempla tasas progresivas y crecientes en función de la valuación fiscal.
En un Edificio de alquiler temporario al tomarse cada  partida en forma unitaria el Impuesto inmobiliario que paga es siete veces menor a la cantidad de metros cuadrados  de una habitación de Hotel.
Como el impuesto inmobiliario es progresivo “a mayor superficie mayor diferencia”.
7.- En materia de seguridad e higiene la situación también es muy distinta: a.- Los hoteles llevan un registro de pasajeros en los que se asienta la identidad de cada turista; ello supone saber quién se aloja, su procedencia, etc. En los departamentos que se alquilan, este registro no está contemplado, se genera así el anonimato de las personas alojadas, la posibilidad de que personas que pretenden delinquir utilicen esta modalidad. b.- En un edificio nadie controla que tenga las condiciones de seguridad apropiadas para un huésped c.- El personal que trabaja en hotelería tiene una libreta sanitaria, y para obtenerla tiene que aprobar cursos de buenas pr