Luego de la imposición del Decreto de Necesidad y Urgencia del presidente Javier Milei, que entre otras cuestiones, derogó la Ley N° 18.829 de agentes de viajes, la actividad quedó completamente desregulada, es decir, librada al mercado.

A raíz de esta situación, Mensajero investigó cómo funcionan las agencias de viajes en otros países de América. Pero en esta ocasión, dialogó con Rui Colmonero, asesor jurídico de la Asociación Portuguesa de Viajes y Turismo (Apavt); y Giuseppe Ciminnisi, presidente de Federación Italiana de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Fiavet). 

Las agencias de viajes de todos los países que integran la Unión Europea están reguladas por la Directiva UE 2015/2302, sancionada por el Parlamento y el Consejo el 25 de noviembre de 2015, que impone un nivel elevado y uniforme de protección a los consumidores en relación con los contratos de viajes combinados y servicios relacionados.

Tras la derogación de la normativa en Argentina, las ventajas podrían implicar que cualquier persona que desee pueda abrir una agencia de viajes sin requisitos y competir adentro del mercado, mientras que en las desventajas se advierte que, al no haber regulaciones, podrían surgir más estafas.

Regulación de agencias de viajes europeas: ¿Libre mercado o intervención?

Además, para que las agencias de viajes desarrollen su actividad con naturalidad, más allá de su regulación local, se necesita que en otros países también se cumplan ciertos parámetros porque son los que evalúan operadores extranjeros al momento de contratar servicios dentro de otro territorio. 

LAS REGULACIONES DE ITALIA Y PORTUGAL

Italia, que cuenta con diferentes puntos turísticos a lo largo de todo el país, rige su reglamentación por sus diferentes territorios, es decir, que cada región establece los requisitos para estar calificado como agentes de viajes.

Asimismo, el directivo indicó: “La normativa vinculada a la relación con el consumidor está regulada por el Estado central, que también tiene en cuenta las leyes de la Comunidad Europea, entre las que destaca la regulación del paquete turístico.

 Giuseppe Ciminnisi, presidente de Federación Italiana de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Fiavet)
Giuseppe Ciminnisi, presidente de Federación Italiana de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Fiavet)

En esta línea, remarcó fuertemente que no rige la libre competencia, sino que funciona un “mercado protegido”. “Hay requisitos para ser agente de viajes, uno de los cuales es ser director de agencia. No se puede abrir una si no hay un profesional técnico cualificado para dirigirla”, agregó.

“Esto ayuda al mercado a protegerse de la competencia y, al mismo tiempo, ayuda al consumidor, que siempre tiene delante a un profesional que es garante del servicio que ofrece. Al mismo tiempo, el director técnico es responsable del funcionamiento de la empresa”, describió.

Portugal, por su parte, también está fuertemente regulado: “No solamente en términos de licenciamiento de una agencia, sino también en cuanto al ejercicio de la actividad”, explicó Rui Colmonero.

 Rui Colmonero, asesor jurídico de la Asociación Portuguesa de Viajes y Turismo (Apavt)
Rui Colmonero, asesor jurídico de la Asociación Portuguesa de Viajes y Turismo (Apavt)

“El licenciamiento implica la suscripción de una póliza de seguro y la contribución para un fondo de garantía. Por otro lado, hay una reserva de actividad en que solamente las agencias licenciadas pueden ejercer la actividad de reserva y venta de productos turístico”, continuó.

Además de la ley que nuclea a todos los países de Europa, cada uno puede tener particularidades: “Los diferentes países pueden regular la forma de presentarse al mercado, aunque no pueden cambiar las reglas europeas de información y defensa de los consumidores”. .

CÓMO FUNCIONA EL MERCADO DE AGENCIAS EN ESPAÑA

España cuenta con un decreto general en todo el país para las agencias de viajes, pero, al igual que Italia, cada región puede modificar su reglamentación. Sin embargo, en ninguna de ellas rige la libre competencia de mercado, sino que, por el contrario, todas poseen regulaciones que implican protección, seguridad y órdenes de licenciamiento.

Por su parte, cada región española cuenta con sus propios decretos de reglamentación. Incluso, en junio de 2023, en Castilla y León se aprobó el proyecto por el cual se regulan las agencias de viajes y centrales de reserva y, por ende, se actualizó.

De esta manera, la resolución dispuso dos nuevos puntos: por un lado, estableció que no exista diferencia alguna entre agencias de viajes mayoristas y minoristas en términos de licencias y, por el otro, la eliminación de aquellas que no cumplan con el sistema de garantías.

En este sentido, otras regiones de España que actualizaron su reglamentación fueron Andalucía en 2002, donde se habilita la intervención de empresas de mediación turística para proteger a usuarios, y Murcia en 2007, que determinó que cambios en cuanto a intermediaciones en la contratación de servicios.

EN QUÉ CONSISTE LA LEY EUROPEA PARA LAS AGENCIAS DE VIAJES

La ley que regula a todos los países de la Unión Europea fue sancionada en 2015 (con confirmación en 2018) y se enfoca en la protección de derechos de consumidores bajo contratos de viajes combinados o afines.

Asimismo, en la actualización se introdujeron cambios correspondientes a la información que se debe solicitar previo a la firma del acuerdo, a los aumentos de precios y al cumplimiento y recesiones del contrato.

Por su parte, el viejo continente posee la Agrupación Europea de Asociaciones de Agencias de Viajes y Turoperadores (Ectaa), una entidad fundada en 1961 que se encarga del control y representación de la actividad y en hacer cumplir las reglamentaciones dispuestas.

Puntos claves que el agente de viajes debe proporcionarle al viajero:

  • El itinerario con las respectivas fechas y número de noches;
  • El transporte proporcionado, incluyendo horarios de salida y regreso, escalas y correspondencia;
  • Información detallada sobre el alojamiento;
  • Las comidas proporcionadas;
  • Visitas u otros servicios incluidos;
  • En el caso de viajes en grupo, el tamaño aproximado del grupo;
  • El idioma en el que se prestarán los servicios turísticos, de ser necesario;
  • La idoneidad del viaje para personas con movilidad reducida y, a petición del viajero, la idoneidad del viaje o vacaciones, teniendo en cuenta las necesidades del viajero;
  • Detalles de contacto;
  • El precio total, incluidos impuestos y otros costes adicionales;
  • Métodos de pago;
  • El número mínimo de personas necesarias para realizar el viaje organizado y el plazo de posible resolución del contrato si no se alcanza dicho número;
  • Las condiciones aplicables en materia de pasaportes y visas, así como información sobre trámites sanitarios;
  • Información de que el viajero puede rescindir el contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje combinado previo pago de una tarifa adecuada o tarifas de terminación estándar requeridas por el organizador;
  • La suscripción opcional u obligatoria de un seguro que cubra el coste de rescisión del contrato por parte del viajero o los costes de asistencia en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento.