Regulación de agencias de viajes: cómo funciona en el mundo
Mensajero conversó con representantes de las asociaciones de Colombia, Uruguay y Chile sobre cómo es la normativa y las diferencias con Argentina tras la medida.
Dentro de la publicación del reciente Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el cual involucra 300 reformas que suponen desregulación económica, el presidente Javier Milei derogó tres leyes vinculadas al turismo.
De esta manera, una de las modificaciones más importantes para el sector es la desregulación de las agencias de viajes.
En este marco, Mensajero se contactó con asociaciones representantes de agencias de viajes de diversos países latinoamericanos para conocer su modalidad de trabajo y la regulación que las rige.
Hay que tener en cuenta que la actividad de las agencias de viajes, además de su regulación local, necesita de que en otros países también se cumpla con ciertos parámetros porque son los que evalúan operadores extranjeros al momento de contratar servicios dentro de otro territorio.
¿CUÁL ES LA NORMATIVA PARA LAS AGENCIAS DE COLOMBIA?
La Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo (Anato) es la encargada de regular la actividad en ese país, que se activa a través de diversas leyes.
“Desde la Ley 300 de 1996 hasta la Ley 2058 del 2020, hemos puesto reglas y formalizamos mucho más el sector de las agencias de viajes en el país, precisamente para evitar la gran informalidad que aún aqueja a Colombia en el sector turístico y, por supuesto, siempre en busca de proteger los intereses del consumidor”, explicó Paula Cortés Calle, presidente ejecutiva de Anato.
En este sentido, sentenció: “No es lo mismo una agencia de viajes que esté regulada y que esté constituida legalmente, que un operador que no lo esté en cuanto a la responsabilidad de cara al consumidor”, en referencia a los peligros de posibles estafas que podría traer la falta de regulación.
Por otra parte, la ejecutiva se animó a opinar acerca del DNU impuesto por Javier Milei: “Es desafortunada la medida que está tomando el Gobierno argentino sobre la regulación de las agencias de viajes. Por supuesto, pues que la respetamos, pero no la compartimos”, comenzó.
Por último, criticó: “Creemos que esto va a llegar a que genere mayor informalidad en el sector turístico y que, por supuesto, la regulación es importante en la medida que eso le da mayor garantía al turista interno, al turista nacional y al turista extranjero. Entonces, no vemos con buenos ojos que eso esté pasando y lamentamos que después de tantos años de profesionalizar la actividad del agente de viajes, Argentina se eche para atrás”.
LA REGULACIÓN EN URUGUAY
En Uruguay existe la Ley 19.253 de Turismo, que en uno de sus artículos especifica como se rige la regulación de las agencias de viajes.
Fernando Riva, vicepresidente de Asociación Uruguaya de Agencias de Viajes, explicó que una agencia de viajes para funcionar debe estar inscripta en el Ministerio de Turismo, donde debe presentar referencias comerciales y personales y una garantía que sea ejecutable en caso de que un turista se vea afectado.
“Si mañana dejás pasajeros sin servicios, se pueden contemplar a través de la garantía, que puede ser un seguro”, explicó y añadió: “Ahora se están usando mucho en Uruguay unas empresas de seguro que salen como de garantía ante un problema”.
A su vez, indicó “Hay una especie de cuerpos inspectores que son muy pocos, creo que son más de tres, que salen cada tanto a inspeccionar a las agencias. Tienen que tener un QR donde figura como que son agencias acreditadas y formales”.
En tanto, relató: “Lo que se está pensando en Uruguay, ante algunos algunos quiebres de agencias, es que la garantía no alcanza para la magnitud que puede llegar a ser la plata que puede quedar en el camino, y capaz que la garantía no cubre ni el 10-20 % si llega a ser una operación muy grande”.
LA PARTICULAR NORMATIVA DE CHILE
Por su parte, Lorena Arriagada, secretaria general de la Asociación Chilena de Empresas de Turismo (Achet), se explayó sobre el funcionamiento de la actividad en su país. En este sentido, cabe aclarar se trata de la entidad gremial encargada del control y representación de agencias de viajes.
Así, explicó: “Acorde al sistema económico-político de Chile (economía de mercado con énfasis en lo social, donde se protege fuertemente la libertad de emprendimiento y los derechos de propiedad), el Estado tiene un rol subsidiario y corrector de fallas de mercado. Por ello, en nuestro país no existe mayor regulación a la actividad de las agencias de viajes”.
También, precisó: “La herramienta que existe para identificar la oferta formal de las actividades turísticas es el Registro en el Servicio Nacional de Turismo. Este instrumento es obligatorio sólo para los servicios de alojamiento turístico y actividades de turismo de aventura. Por ende las agencias de viajes no están obligadas a inscribirse en el Registro de Sernatur, con lo cual hay una cantidad importante de estos servicios que operan en la informalidad”.