La Justicia suspendió el DNU de Milei sobre Aerolíneas
Tras la declaración del Gobierno en ubicarlo como servicio esencial, el Juzgado del Trabajo N° 42 respaldó la postura de los gremios. El comunicado de APLA.
Otro golpe para el gobierno de Javier Milei con respecto al tema de Aerolíneas Argentinas. Primero, fue el rechazo que tuvo en Diputados este martes sobre los proyectos planteados por parte del PRO y Coalición Cívica sobre su privatización de la empresa estatal. Y ahora, la Justicia dejó en suspenso la aplicación del decreto que declaraba a la línea de bandera como servicio esencial y dejó en puerta otro conflicto. ¿Cuál fue el comunicado de Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas?
Luego de una resolución por parte del Juzgado del Trabajo N°42, a cargo del juez Ricardo Hierrezuelo, se estableció una medida cautela la interrupción de los Decretos 825/24 y 831/24 en donde el oficialismo declaró a Aerolíneas Argentinas como servicio esencial y frenar, en cierta forma, los recientes paros que realizaron durante las últimas semanas por parte de los gremios aeronáuticos.
Incluso, la APLA expresó un comunicado con respecto a esta medida y valoró el accionar de la Justicia ante la imposición que hizo el gobierno nacional ante el caso de Aerolíneas Argentinas. “La resolución señala que se encuentra debidamente acreditado el planteo por APLA, conforme las normas, constitucionales, legales y reglamentarias y que el derecho de huelga se encuentra expresamente reconocido en nuestro país”, expresó el documento.
Y agregó: “conserva vigencia el artículo 24 original de la ley 25.877, y el decreto reglamentario 272/06, no encontrándose la actividad aeronáutica civil aerocomercial entre los servicios esenciales enumerados. Contestaremos a cada ilegalidad con mayor convicción sobre las razones de nuestros reclamos". Un punto a favor a los pilotos y otra derrota para el gobierno de Milei.
¿Qué decían los decretos 825/24 y 831/24 impuestos por el gobierno nacional?
Con el objetivo de parar con el grave conflicto gremial de las últimas semanas, el gobierno implementó el uso de las dos resoluciones. Por un lado, el 825/24 efectuaba el servicio esencial considerando que la interrupción del servicio público esencial de aeronáutica civil aerocomercial puede generar consecuencias graves para el país y que las demoras, cancelaciones o reprogramaciones provocaron daños y perjuicios a los pasajeros, ocasionando, entre otras cosas, un grave impacto económico asociado con perdidas en ese aspecto.
El 831/24, por su parte, sumaba que debían prestar un servicio del 50%, respecto de la actividad, prestación y regulación de los servicios, con una escala gradual sobre la base de la duración, garantizando la conectividad en las rutas que contaren con un solo servicio, entre otras cuestiones burocráticas.