El nuevo ente estatal ANAC, creado para controlar el tráfico aéreo civil y comercial, es un organismo descentralizado que responde a la órbita de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
A partir de su creación, la ANAC controla y fiscaliza más de 4200 aeronaves matriculadas y hace lo mismo con ocho empresas de transporte aéreo regular y más de 30 empresas de transporte aéreo no regular. Entre sus funciones, también se cuenta el control y la fiscalización de más de 1000 aeropuertos y lugares aptos para el aterrizaje. Para estas tareas, tiene una planta de más de 4300 profesionales y técnicos.

Por decreto
El decreto 239/07 determina que la ANAC será la Autoridad Aeronáutica Nacional y ejercerá como organismo descentralizado las funciones y competencias establecidas en el Código Aeronáutico, en la ley 19030 de política aérea, en los tratados y acuerdos internacionales, leyes, decretos y disposiciones que regulan la aeronáutica civil.
El decreto 1770/07 le otorga la gestión y desarrollo de la seguridad operacional de los servicios de navegación aérea y aeródromos; la planificación y regulación aeronáutica, el registro de productos aeronáuticos, la capacitación, formación, investigación y perfeccionamiento en materia de aviación civil, la prevención e investigación de accidentes de aviación y el fortalecimiento de las relaciones internacionales con organismos y entidades rectoras en la materia. El proceso de transferencia de las funciones del Comando de Regiones Aéreas (CRA) hacia la ANAC se realizó con el trabajo de los profesionales y técnicos que integran la ANAC y el CRA, y con el asesoramiento de la OACI.
La ANAC está conformada por 4 direcciones nacionales: de Seguridad Operacional; de Servicios de Navegación Aérea; de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios y de Transporte Aéreo.
En el territorio nacional existirán cuatro  Direcciones regionales: Central, Sur,