La principal preocupación de los empresarios es la imposibilidad de absorber el incremento.
Por ello, dirigentes y empresarios hoteleros y gastronómicos de la Provincia de Buenos Aires se dieron cita el viernes pasado, 15 de febrero, en la sede de la Filial FEHGRA Mar del Plata, a los efectos de evaluar el impacto y las eventuales medidas a adoptar ante el incremento del Impuesto Inmobiliario, que en términos generales para los establecimientos de la actividad va desde un 70 hasta más de un 100% respecto del año anterior.  
Encabezaron la reunión el vicepresidente de la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA), doctor José Rafael Miranda, a cargo del Departamento de Fiscalidad y Tributación; el doctor Aníbal Oscar Bertea, en su carácter de asesor de la entidad para la Región Provincia de Buenos Aires; el coordinador Regional de la Provincia de Buenos Aires, Néstor Aizcorbe; y el presidente de la Filial Mar del Plata, Eduardo Palena.
Sin entrar en los detalles técnicos, la principal preocupación de los empresarios es la imposibilidad de absorber el incremento, teniendo sobre todo en cuenta que el mismo no se condice con la marcha de la temporada, que se ha caracterizado por su irregularidad, y con un final que implica una disminución respecto del año anterior cercana al 20%.
Un comentario para destacar efectuado por un empresario durante la reunión fue: “Estamos viendo que no podemos pagar esto y lo estamos hablando en medio de la temporada, cuando se supone que deberíamos estar mejor posicionados”.

Ya en el análisis de la normativa y de las boletas del Impuesto, nos encontramos con las siguientes situaciones, a saber:
1. La valuación de los metros cuadrados para la industria es un 50% menor que  la de un hotel, que a su vez es considerado en la misma categoría de las casas suntuosas, lo que marca una clara desigualdad de trato respecto de otros sectores.

2. La Ley faculta al Ejecutivo a otorgar una bonificación de hasta una 30% para determinadas actividades entre las que se encuentran los hoteles. En períodos fiscales anteriores esa bonificación alcanzó al 35% y nuestra actividad la obtuvo. En la actualidad se ha otorgado a algunos asociados un 15% de descuento por encuadrarse en la actividad hotelera y a otros asociados no se les ha efectuado ningún descuento.

3. Al no estar detallada la liquidación en las boletas respectivas, no se pueden determinar la causas del aumento desmedido. No obstante hemos detectado algunas cuestiones que nos inspiran preocupación:
3.1 Si bien se ha mantenido el coeficiente de actualización aplicado en el año 2012 (1,7606 art. 4° Ley 14333/12 y art. 4° Ley 14394/13), la base imponible se incrementó del 0,65 al 0,85 sobre la valuación fiscal asignada.
3.2 Además, se han variado las alícuotas respecto del año anterior. Para el 2013 se aplica una cuota fija según el rango de base imponible y una escala de alícuotas progresivas sobre el excedente que llegan hasta el 2,453% para los inmuebles de mayor valor fiscal (mayores a $1.173.750).
3.3 No surge claramente cómo impacta en los montos a pagar el cálculo del denominado “Inmobiliario Complementario” (art. 13 Ley   14394/13). Entendemos que este componente se refiere al impuesto que se abona por conjunto de inmuebles;  que se acumulan y se consideran como único inmueble al ser destinados a hoteles, residenciales o similares  (art. 169 ley 10397 actualizada por Ley 14394)   
       

Acciones a seguir
Por parte de FEHGRA:
· Solicitar una audiencia con el Gobernador Daniel Scioli a los efectos de informarlo de la situación y solicitarle la inmediata revisión de la norma para nuestra actividad.
· Presentar en la Comisión de Enlace los planteos de incremento del beneficio al máximo admitido por ley, así como la recategorización de la actividad, reconociéndole un carácter similar al de la Industria en general.
· Reclamar la posibilidad de compensar los saldos a favor del Impuesto a los Ingresos Brutos, provenientes de retenciones, contra el pago del Impuesto Inmobiliario.

Por parte de los afectados directos:
· Efectuar el pago, para no perder el beneficio del 15% por pago total y en término, y presentar dentro de las 48 hs. una nota en ARBA informando que se realizó el Pago Bajo Protesto del total del Impuesto Inmobiliario 2013 (modelo de nota a disposición de los asociados en el sitio web: www.fehgra.org.ar)
· Abonar sólo la primera cuota perdiendo el beneficio por pago total, pero considerando que de existir alguna respuesta favorable del fisco puedan ser modificadas las cuotas posteriores aún no abonadas. Presentar dentro de las 48 hs. una nota en ARBA informando que se realizó el Pago Bajo Protesto de la primera cuota y manifestando disconformidad con el impuesto total 2013 (modelo de nota a disposición de los asociados en nuestro sitio web).
· En ambos casos puede además, solicitarse el desglose por conceptos y montos que componen la liquidación efectuada por ARBA para el Impuesto Inmobiliario 2013. Esta opción también puede encontrarse ingresando al sitio web de ARBA, Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires: www.arba.gov.ar