Guías con permiso
La Secretaría de Turismo del Gobierno de Mendoza junto con la Asociación de Guías Cuyum Mapú presentaron la credencial que utilizarán los guías profesionales, que se inscriban en el nuevo registro. La ley 7871, que crea el registro definitivo y obligatorio de guías, deja de lado a la resolución 576 que desde el año 1999 regía a la actividad. Actualmente, en el listado provisorio hay 150 guías, por lo que se invita a los interesados a concurrir a la Secretaría de Turismo con su título terciario, expedido legalmente y documentación personal para realizar la tramitación pertinente. La credencial tendrá la foto, dura 4 años y es de carácter obligatorio.
“La Secretaría de Turismo a través de la Dirección de Servicios Turísticos tomó la decisión de apoyar la iniciativa de la Asociación de Guías Profesionales Cuyun Mapú. Finalmente, se aprobó la Ley y ahora estamos en el proceso de reinscripción y de inscripción de aquellos nuevos profesionales que quieran sumarse a la actividad. Los interesados deben concurrir a la Dirección de Servicios Turísticos, situada en San Martín 1143 de Ciudad, para obtener la credencial” afirmó la Directora de Servicios Turísticos, Gabriela Segovia.
“De esta forma, buscamos mejorar la calidad de los servicios turísticos de Mendoza, entendiendo que la provincia es un destino turístico de excelencia y fundamentalmente es un aporte que se hace a todo el circuito ya que las empresas, sea cual sea su índole, contrata a guías de turismo para la implementación de cualquier actividad, por lo que es importante que los guías estén legalmente inscriptos” explicó Segovia.
Por su parte, Guillermo Fragapane, presidente de Asociación de Guías Cuyun Mapú, comentó: “Luego de muchos años y gracias a la gestión de la Secretaría de Turismo y de la Dirección de servicios Turísticos hoy la vemos convertida en realidad. Nuestra intención es brindar un servicio de calidad hacia quienes visitan la provincia. Para ello, todos los guías en actividad en la actualidad deben reinscribirse en el registro definitivo y obligatorio.”
La ley dispone que las empresas turísticas autorizadas para actuar dentro del territorio de la provincia de Mendoza, deberán contratar guías locales, incluidos en el registro provincial, para el ingreso a áreas turísticas que merezcan un tratamiento especial por sus contenidos culturales, naturales o arqueológicos.