El Ministerio de Salud podrá recomendar la suspensión de los vuelos internacionales
La resolución está incluida en el DNU que extiende la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre y que recomienda limitar la salida e ingreso a zonas de mayor riesgo.
Ayer se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia 167/2021 que prorroga el DNU 260/20, estableciendo la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre.
Asimismo, se sustituye el artículo 4 del documento del año pasado por el que se recomienda aplicar restricciones de viajes desde o hacia las zonas afectadas y de mayor riesgo, dando intervención a las instancias competentes para su implementación.
Por lo tanto, surge una nueva categoría. Las denominadas "zonas afectadas" corresponden a los países de todo el mundo; mientras que las "zonas afectadas de mayor riesgo" son los que tienen circulación comunitaria de las nuevas cepas, como Brasil y Reino Unido.
En este sentido, también se reemplaza el Artículo 3 del antiguo decreto por uno que establece al Ministerio de Salud de la Nación como el organismo encargado de dar información sobre estas zonas y sobre la situación epidemiológica, respecto a la propagación, contención, mitigación e inmunización de esta enfermedad.
Por otro lado, se determina un aislamiento obligatorio de 14 días para quienes arriben al país desde el exterior, siguiendo las condiciones que establezca la autoridad sanitaria nacional.
A su vez, los pasajeros que lleguen desde el exterior deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen de salud lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción. Asimismo, deberán contar con constancia de test- RT-PCR no detectable para COVID-19 con toma de muestra de no más de 72 horas previas al embarque.
"El Ministerio de Salud de la Nación, en atención a la evolución de la situación epidemiológica y de la pandemia de COVID-19, podrá recomendar la suspensión o reducción de frecuencias de servicios de transporte internacional de pasajeros en los modos aéreo, marítimo, fluvial y terrestre, así como la suspensión de destinos, dando intervención a las autoridades competentes para su implementación", destaca el documento.
Aunque también da libertad al Ministerio de Transporte de la Nación, a través de los organismos correspondientes y los Ministerios de Seguridad y del Interior de designar, conjuntamente con el Ministerio de Salud corredores seguros aéreos, marítimos, fluviales y terrestres, si la autoridad sanitaria identificase que determinados puntos de entrada al país, trayectos o lugares, son los que reúnen las mejores capacidades básicas para responder a la emergencia sanitaria.
Trabajo conjunto
El ministro de Turismo y Deportes, Matías Lammens; y la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, se reunieron hoy para seguir diseñando las próximas acciones destinadas a mantener el turismo interno "con estricto cumplimiento de protocolos y así monitorear la situación regional e internacional de circulación del virus".
"Estamos poniendo a disposición todas las herramientas necesarias para asegurar el cumplimiento de los protocolos, realizar campañas de prevención y fortalecimiento en cada uno de los municipios turísticos", precisó Lammens.