En un contexto en el que se debate la ley de alquileres y se busca dar respuesta a la falta de viviendas para residencia permanente, se logró avanzar con el Proyecto de Ley que la senadora de Santa Cruz,  Ana Maria Ianni, presentó en marzo.

Senadora Nacional Ana Maria Ianni
Senadora Nacional Ana Maria Ianni

El mismo se hace foco a la necesidad de regular la oferta de Viviendas de Alquiler Turístico Temporario con un doble propósito: aportar una solución enfrentando uno de los factores que genera la crisis habitacional en los destinos turísticos, y combatir la informalidad y la competencia desleal en el ámbito del turismo protegiendo al consumidor. 

En ese sentido, el Senado de la Nación convocó a una reunión plenaria entre las comisiones de Legislación General y de Turismo con el único fin de abordar este proyecto. Finalizado el debate los legisladores y legisladoras firmaron el dictamen por lo que la iniciativa puede ingresar a su tratamiento y aprobación futura en la Cámara Alta. 

“Este es un paso muy importante para el turismo en nuestro país” expresó Ianni, quien además destacó el trabajo consensuado que se llevó adelante desde principios de año con la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (Fehgra) y con la Federación Nacional de Inquilinos. 

SDORA. ANA IANNI - PLENARIO DE LEGISLACIÓN GRAL. Y TURISMO 31-08-23P

A su vez mencionó la buena disposición del interbloque de la oposición para llegar a la mejor ley posible y que se continuará trabajando con propuestas enriquecedoras.

También la senadora puso en valor el rol del Estado como promotor, fiscalizador, habilitante y socio estratégico de aquellos que invierten y dan trabajo. Afirmó que el mismo debe brindar herramientas que acaben con la competencia desleal, ocasionada por la falta de normativa. Dando respuesta a 10 millones de inquilinos que se encuentran en dificultades. 

QUÉ DICE EL PROYECTO DE LEY QUE BUSCA REGULAR EL ALQUILER TEMPORARIO

La iniciativa propone crear en el ámbito del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación el Registro Nacional de Viviendas de Alquiler Turístico Temporario. A su vez, explica que se considerará como uno a aquellos utilizados por un periodo mínimo de un día con pernocte y un máximo de 90. 

Por otro lado, todas las plataformas digitales que ofrezcan, intermedien, o celebren contratos de locación temporarios con fines turísticos deberán: 

  • Habilitar un campo especial para que el propietario informe el número de inscripción ante el registro de cada unidad.
  •  Dar de baja o suspender toda publicación que no posea dicho número.
  •  Utilizar la moneda nacional para los anuncios, ofertas y el cobro de tarifas efectuado a los huéspedes cuando se trate de transacciones realizadas a través de medios de pagos electrónicos nacionales. 

En caso de que la plataforma no cumpliera con esta medida podrá ser apercibida, multada o suspendida en forma definitiva.