Entró en vigor la norma emitida por el Gobierno de Venezuela que exige que quienes viajen hacia el exterior y quienes ingresen al territorio venezolano deben adquirir de forma obligatoria un plan de cobertura de gastos médicos, contra pérdida, hurto o robo de equipaje.

Según la resolución gubernamental, los prestadores de servicios turísticos de transporte terrestre, acuático y aéreo internacional, además de las agencias de viajes, deberán notificar y ofrecer a los viajeros dicha póliza al momento de la venta del pasaje.
Las aerolíneas tendrán que incluir en los boletos –de forma adicional a la tarifa- el monto correspondiente al seguro.  
La norma del Ministerio de Turismo de Venezuela, publicada en la Gaceta Oficial, señala que la póliza para los turistas deberá tener, al menos, una duración de 45 días, y que los proveedores de este plan de seguros deberán estar autorizados por el ministerio.
“Es obligación del Estado proteger, responder y atender permanente, oportuna y eficazmente las necesidades presentes y sobrevinientes a los turistas, así como favorecer e incentivar el surgimiento de un compromiso social en los prestadores de servicios turísticos”, se indica en la resolución oficial.
Los prestadores de servicios de transporte turístico internacional, así como las agencias de viajes, deberán entregar a las compañías proveedoras del seguro el listado con los nombres de los viajeros embarcados con sus números de pasaporte y cualquier otro dato relevante.