La AHRCC detectó una nuevo caso de competencia desleal: Tres Food Trucks operaban a pocos metros de comercios legalmente establecidos. Se reabre el debate.

Cuando parecía terminada (o por lo menos en stand by), la batalla contra la informalidad sumó un nuevo capítulo, pero uno de película. El asunto es el siguiente: la AHRCC efectuó el 19 de abril una denuncia ante la oficina de recepción de Fiscalías de la ciudad de Buenos Aires, en ocasión de constatar ante escribano público, mediante un acta labrada con fecha 16 de abril, que en proximidades de la plaza Intendente Torcuato de Alvear había tres Food Trucks operando. Dichos camiones estaban a menos de 200 metros de comercios legalmente establecidos en la zona.

La Asociación, en reclamo de los comercios afectados, entonces solicitó en el escrito el retiro inmediato de estos camiones que continúan comerciando en zona indebida durante el período del 11 al 22 de abril en el marco del festival BAFICI, un evento que convocó a miles de personas.

Más de una veintena de locales gastronómicos se encuentran perjudicados por el incumplimiento de la ley ante los que la AHRCC persistirá en este y otros reclamos similares en defensa de sus asociados.

Antecedente

La contienda entre la entidad y los camiones gastronómicos no es nueva. A fines del año pasado, la AHRCC emitió un comunicado en el que expresó su preocupación por la instalación de siete Food Trucks en la Dársena Norte. Resulta que poco antes de que se reglamentara la ley 5707, se inauguró el Patio del Puerto, cerca de la Fragata Libertad, donde se vendía comida al paso de distintas variedades.

La señal de alerta se encendió entre los empresarios responsables del polo gastronómico de Puerto Madero (que comprende un total de 50 restaurantes), ya que, según denuncian, se estaba cometiendo una serie de irregularidades que generaban competencia desleal con los establecimientos gastronómicos de la zona.

“Se emplazaron en la zona del puerto siete Food Trucks que, amparándose en que se encuentran en un predio privado que pertenece al Puerto, donde las reglas vaya a saber cuáles son, sostienen que no tienen por qué cumplir con la ley de foodtrucks que es una regulación que sancionó el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”, declaró en aquel entonces la presidenta de la Cámara de Restaurantes de la AHRCC, Verónica Sánchez.

“Siempre venimos sosteniendo y diciendo que no nos oponemos a la competencia, si no sería ridículo porque ninguno de nosotros estaría en un polo gastronómico. Si no quisiéramos competencia, no estaríamos en un corredor donde hay casi 50 restaurantes. La competencia nos permite mejorar, aggiornarnos, pensar mejor a nuestros negocios y a la oferta de los mismos”, afirmó.

Y sostuvo: “Lo que nosotros exigimos es que las reglas sean las mismas para todos. Es decir, combatimos de lleno a la ilegalidad. No importa dónde esté emplazado, si está dentro del puerto, arriba de un barco o en la vía pública. Acá lo cierto es que hay gente que vende comida en condiciones que son de deslealtad comercial absoluta”.

Según la dirigente, estos nuevos establecimientos ubicados en el Patio del Puerto no cumplían con la ley ya que, entre otras cosas, la misma establece que estos vehículos gastronómicos no pueden tener mesas y sillas, algo que en este sitio hay, y además, ninguno puede ubicarse a menos de 200 metros de establecimientos gastronómicos existentes. De acuerdo a Sánchez, por lo menos dos Food Trucks están a mucha menos distancia que la permitida y, por otro lado, también asegura que tampoco emiten ticket fiscal, según pudieron constatar.

“Este predio no está dentro de la jurisdicción de la Ciudad, por lo que la habilitación y el lugar corren por cuenta y orden de la Administración del Puerto Buenos Aires”, comentó en su momento a Clarín Máximo Bruski, emprendedor gastronómico y parte de la organización de ese espacio. “Son propuestas diferentes; no es lo mismo comer una comida al paso sentado en una mesa comunitaria con otra gente que ir a sentarte a un restaurante”, detalló.

Intento de regularizar

En enero el Gobierno porteño, a través de BA Capital Gastronómica, abrió la inscripción para los interesados en tener un foodtruck que pueda prestar servicio dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

Para esto, debían contar con la Habilitación General, que consiste en una habilitación higiénico-sanitaria vehicular que se tramita ante la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de la Agencia Gubernamental de Control. Los interesados debían inscribir el vehículo en el portal de la Agencia Gubernamental de Control para la presentación de la información obligatoria.

Hasta el 31 de marzo pudieron anotarse los foodtrucks para participar de eventos públicos y privados.

Además, cada vehículo debe estar registrado en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Aceites Vegetales Usados. Una vez aprobada la habilitación, se procede a una inspección de las instalaciones del vehículo para verificar el cumplimiento de la norma, obteniendo una oblea con código QR habilitante. La habilitación tiene vigencia por un año desde la fecha de librado al uso que presenta el QR, momento en el cual deberá reinscribirse y ser evaluado nuevamente.

“Esta iniciativa forma parte de BA Capital Gastronómica, hoy existe una gran movida de foodtrucks que además de llevar la propuesta gastronómica a más barrios de la Ciudad, generará nuevos puestos de trabajo, activará las zonas donde se instalen y permitirá que los vecinos disfruten del espacio público de otra manera”, sostuvo Diego Santilli, Vicejefe de Gobierno.

Ley de Food Trucks

La ley 5707 afirma que “se entiende por “Vehículo Gastronómico“ a todo módulo que en su interior esté adaptado para la cocción, elaboración, preparación y/o expendio de alimentos y bebidas. El mismo podrá ser un módulo con motor incorporado o acarreado por motor”. Entre los puntos importantes, remarca que no podrán estar a menos de 200 metros de un establecimiento gastronómico regular, además de cumplir con los requerimientos fiscales, de recursos humanos y sanitarios. Además, se establece que el emprendimiento deberá abonar un canon anual de 18 mil pesos. Por otro lado, estos vehículos deberán ofrecer menús aptos para celíacos y comidas y bebidas aptas para diabéticos, o bajas en sodio, o frutas y verduras. En los camiones no se podrá utilizar equipos a leña, carbón o gas y tampoco se podrá vender bebidas alcohólicas.