El nuevo desafío de la AAAVyT
Con la transformación a la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (FAAEVyT) prácticamente consumada -continúa a la espera de la aprobación final de la Inspección General de Justicia (IGJ) antes de empezar a funcionar-, la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo (AAAVyT) retomó un nuevo desafío: la Ley de Agentes de Viajes, una norma hoy desactualizada que anhela un aggiornamiento.
En efecto, el 2013 arrancó con mucha expectativa con respecto a la promulgación de la legislación; y se espera que en estos días se presente el proyecto en el Congreso Nacional para que su aprobación se resuelva lo antes posible.
Su importancia reside en que la Ley de Agentes de Viajes define y moderniza la actividad de los intermediarios, fijando los derechos y obligaciones del turista-usuario, y las responsabilidades por parte de los agentes.
Voz de mando
“Cuando termine la revisión técnica de Legal y Técnica entraría al Congreso y con la vuelta de las Sesiones Ordinarias, nosotros vamos ir a exponer el Proyecto a la Comisión de Turismo”, anticipó el presidente de la AAAVyT, Fabricio Di Giambattista. Y añadió: “Será en ese ámbito donde se tendrán que hacer las consideraciones correspondientes para que la Ley de Agentes de Viajes sea aprobada y entre en vigencia”, aunque “si hay modificaciones serán de forma y no de fondo”.
Además, y en el marco del trabajo en conjunto, el dirigente admitió que mantuvieron conversaciones informales con Senadores y Diputados de la Comisión de Turismo durante estos meses, y “ya firmamos el documento para elevarlo a la Cámara, para que sea aprobado en el transcurso del 2013”.
De lleno en el documento escrito, Di Giambattista remarcó que “esta norma para nosotros resuelve dos cosas importantes: define claramente el concepto de intermediario del agente de viajes, y defiende la actividad” y por otro lado plantea “la impronta que debe tener el Estado, vinculada a la buena información al consumidor final y a la defensa del pasajero”.
Por último, recordó que para confeccionar el Proyecto “se trabajó en un ida y vuelta permanente, con reuniones todos los meses y avanzando en modificaciones que los privados entendíamos que la norma debía tener”.
Expectantes
Con el Proyecto de Ley a instancias de recorrer los pasillos del Congreso de la Nación, Mensajero Turístico dialogó con los dirigentes del sector para conocer en detalle el estado de la reglamentación, sus sensaciones y los próximos pasos a seguir.
“Hay consenso en todas las partes y todo va a correr por los carriles normales de la Cámara”, enfatizó el Secretario de la AAAVyT, Walter Rodríguez, quien admitió que la única preocupación tal vez la podría generar la oposición, “pero si se mete, que no lo veo factible, sería para llevarle la contra al Gobierno, no al espíritu de la Ley”.
Consultado sobre el documento final y una posible alteración, el dirigente manifestó que “no es probable que aparezcan cambios de reglamentaciones, porque la legislación fue elaborada en conjunto con el Ministerio de Turismo de la Nación, y si eso sucede es por cuestiones que exceden al sector y estarían manchadas por hendiduras políticas”.
Por último, Rodríguez, uno de los impulsores de esta norma, adelantó: “Tenemos pactadas reuniones con Diputados para los próximos días con la misión de empaparlos sobre la Ley, y en el caso de ser necesario explicarle los porqués de los aggionarmientos”.
En esta sintonía, Gustavo Pfleger, Vicepresidente de la filial AAAVyT Córdoba, le contó a este medio que está ansioso y confiado por la resolución de la Ley. “Estamos a la expectativa de las sesiones del Congreso, pero como el escrito no tiene tintes políticos no debiera haber inconvenientes”, sostuvo el dirigente. A su vez, y remarcando que no existen motivos de base para truncar la salida, Pfleger señaló que el Proyecto debiera salir rápido porque es una restructuración de la ley vieja y los cambios son técnicos.
Por su parte, desde Mar del Plata, el tesorero de la AAAVyT, Gustavo Hani, comentó que “no le encuentran puntos débiles u omisiones que puedan trabar el Proyecto, de hecho confío en que todo se desenvuelva por los caminos legislativos normales y tengamos una moderna reglamentación lo antes posible”.
Además, y sin querer entrar en detalles de tiempos, el ex presidente de la regional de la Asociación en “La Feliz” expresó el deseo de que el dictamen salga antes del Congreso de los agentes de viajes en Iguazú para poder analizarla en detalle durante esos días. No obstante, Hani adelantó: “Si los períodos se prolongan, para el encuentro anual de los agentes estamos diagramando un taller sobre la Ley para explicar su estado y los detalles del proceso en la Cámara”.
En conversaciones con Mensajero Turístico, Juan García Belver, Presidente AAAVyT Zona Atlántica de Río Negro, se mostró confiado ante una futura resolución y alegó que “si se aprobó en tiempos lógicos la Ley Estudiantil que era mucho más compleja, no veo porqué debiera haber trabas con esta reglamentación que es más una modernización de la actividad”.
En tanto que, el titular de la AAAVyT de San Juan, Ariel Gímenez, le explicó a este medio que “el Congreso no debiera demorar mucho tiempo en aprobar el documento porque es un escrito elaborado en conjunto con el Ministerio de Turismo”. Asimismo, el dirigente remarcó la necesidad de una Ley que se actualice de acuerdo a las necesidades de los agentes y el mercado”.
Puntos salientes
Con un perfil moderno y aggionardo a las necesidades del sector, el actual documento contempla la innovación tecnológica, las nuevas modalidades contractuales (franquicias) y las tendencias en defensa del consumidor tanto en materia de derechos como de garantías.
En sintonía, la ley que se impulsa reconoce a los agentes de viajes como los únicos intermediarios para la comercialización de servicios turísticos, brindando garantías contra la competencia desleal. De esta manera, genera ciertas condiciones jurídicas e impositivas que dan respuesta a históricos reclamos del sector.
Otro de los aspectos salientes es la protección jurídica de los agentes de viajes contra los incumplimientos de las líneas aéreas, puesto que esta modalidad de transporte no está alcanzada por la Ley de Defensa del Consumidor, y bajo la norma actual los agentes eran solidariamente responsables ante la no prestación de servicios aéreos.
Además, entre sus novedades, resulta positivo la incorporación en la norma de un consejo consultivo, que reunirá al sector público y al privado. En este sentido, el trabajo de este grupo será importante para mantener actualizada la reglamentación y así ir modernizando el régimen legal a medida que surjan nuevos desafíos
El nuevo proyecto además exige la creación de un registro de Agentes y el de un Sistema de Garantías para cubrir posibles incumplimientos y, entre otras cosas, establece que será el Ministerio de Turismo la autoridad encargada de hacer cumplir la Ley.
Todo llega
A casi dos años de que el Secretario de Turismo de la Nación, Daniel Aguilera, sostuviera en el Congreso de la AAAVyT de Rosario en 2011 “aquí les traigo el borrador de la Ley de Agentes de Viajes para que la vean, la analicen y luego podamos discutirla”, el tan ansiado documento estaría llegando al Congreso en busca de su dictamen final, para así plasmar el gran desafío de la AAAVyT y aggiornar una actividad que no se renueva desde 1970.
La Ley en tips
Artículo 2º: Principios rectores.
1. Protección al turista–usuario, mediante el establecimiento de adecuadas garantías y medios alternativos de solución de conflictos.
5. Modernización, facilitando la incorporación de las nuevas tecnologías de información y comunicación en la comercialización de los servicios turísticos.
7. Exclusividad, para la oferta e intermediación en la venta de servicios turísticos se requiere previamente el otorgamiento de habilitación y por consiguiente la constitución de domicilio y garantía.
Artículo 3º: Se considera Agente de Viajes a la persona física o jurídica que se dedica en forma habitual u ocasional al ejercicio de la intermediación, en territorio nacional, de servicios turísticos a nivel nacional o internacional.
Artículo 5º: Se define a la Entidad no Mercantil o Sin Fines de Lucro como aquellas (cooperativas, mutuales y otras) que incluyen en sus estatutos la organización y programación turística pudiendo realizar viajes y excursiones para sus propios socios y familiares manteniendo los fines sociales que las caracteriza.
Artículo 14: Créase un sistema de garantía con el objeto de solventar posibles incumplimientos parciales o totales derivados de las relaciones contractuales entre Agentes de Viajes y turistas-usuarios.