Una ráfaga de aire fresco
De aprobarse la enmienda a la actual legislación que rige en la Comunidad Europea los pasajeros de aviones sólo podrán reclamar compensaciones a su aerolínea si existe un retraso de más de cinco horas, frente a las tres horas que hasta ahora se marcaba como límite. Asimismo, el máximo de días que una aerolínea deberá compensar a un pasajero se reduce a tres días, frente al período indefinido que existía hasta ahora.
La Comisión Europea ha presentado la última semana una propuesta que fija el umbral que da derecho a los pasajeros a reclamar una compensación en cinco horas para los vuelos nacionales, intracomunitarios o de menos de 3.500 kilómetros de distancia. Para el resto de vuelos, el umbral quedaría en 9 horas de retraso si el trayecto es inferior a 6.000 kilómetros y de 12 horas si es más de 6.000 kilómetros. Además, la compañía no estará obligada a pagar el hotel a los pasajeros de vuelos de menos de 250 kilómetros con aeronaves de menos de 80 plazas.
Al no existir límites de ningún tipo a la asistencia a los pasajeros damnificados, según Bruselas puede “hacer peligrar su supervivencia financiera”, en casos como la crisis de las cenizas volcánicas.
Justificaciones
Bruselas justifica este cambio porque “un límite de tres horas es generalmente demasiado poco tiempo para que la aerolínea pueda conseguir un nuevo avión o reparar los fallos mecánicos, especialmente cuando la avería se produce fuera de su base”.
La nueva norma que propone el Ejecutivo comunitario también establece un retraso de al menos cinco horas para que el pasajero pueda renunciar a volar y reclamar a la compañía que se le reembolse el precio del pasaje. Este derecho también se aplica para los pasajeros que estén esperando más de cinco horas dentro de la aeronave.
Las aerolíneas tendrán además que informar a los pasajeros del motivo del retraso sufrido como máximo media hora después de la salida prevista del vuelo y deberán ofrecerles asistencia (bebidas y refrigerios) cuando la espera se prolongue más de dos horas.
En caso de que el transportista aéreo no pueda ofrecer una ruta alternativa al pasajero en sus propios servicios en un plazo de 12 horas, deberá hacerlo con otro transportista aéreo u otro modo de transporte disponible.
Novedades
Entre los nuevos derechos de los pasajeros destaca el de poder utilizar el pasaje de vuelta aunque no se haya usado el de ida; poder rectificar errores en el nombre o apellidos en el pasaje hasta 48 horas antes de la salida; transportar en la cabina instrumentos musicales pequeños y poder presentar reclamaciones en el propio aeropuerto. Las compañías tendrán un plazo máximo de dos m