La vicepresidenta de la Cámara de Diputados de la Nación, Patricia Giménez, celebró la sanción del proyecto de su autoría para promover el desarrollo sustentable de las actividades turísticas en los pueblos rurales, el cual fue convertido en ley por el Senado. “Esto nos va a permitir a quienes viven en el oeste de la Argentina disponer de una nueva definición de pueblo rural, la cual sale de la definición clásica que es la tener menos de dos mil habitantes”.

La diputada mendocina destacó que “los pueblos que están sobre la Cordillera, al estar en el margen de los ríos tienen más de dos mil habitantes pero también deben considerarse rurales”.

“A los fines turísticos se necesita definir a esos pueblos como rurales porque hay estrategias que propone el Ministerio de Turismo y que todos los pueblos que están recostados sobre la Cordillera no podían aprovechar”, puntualizó la diputada Giménez (UCR Cambiemos – Mendoza).

Puntualizó que “con este nuevo marco de definiciones, todos aquellos pueblos de las provincias del oeste van a poder aprovechar los planes estratégicos que el Ministerio defina”, y preció que “este proyecto beneficia a todos los pueblos que están sobre la Cordillera sobre todo aquellos que tienen zonas semidesérticas como, por ejemplo en la caso de Mendoza, como zonas de los Departamentos de Tupungato, San Rafael o Malargüe”, en las que se podrán recorrer y apreciar como atractivos turísticas sus faunas autóctonas “y en otras provincias del sur argentino se podrán hacer actividades similares”, destacó la legisladora.

La ventaja que permite esta nueva definición de los pueblos rurales es que las intendencias podrán “capacitar” al personal de hotelería y de atención turística “que son facultades del ministerio que en los últimos 10 años ha tenido muy buenas líneas para que podamos aprovechar este sector tan pujante en nuestro país”, concluyó la diputada Giménez.

La iniciativa tiene por objeto promover el desarrollo sustentable de las actividades turísticas de los pueblos rurales, mediante la implementación de acciones que contribuyan a obtener un mejor aprovechamiento de su potencial.

La ley recientemente sancionada propone seleccionar hasta tres localidades por provincia que cuenten con potencial turístico para ser apoyados en su desarrollo.

Es por ello, que con el financiamiento de proyectos productivos o de inversión, de infraestructura, capacitación, y el aporte de una amplia difusión a través de catálogos específicos de los Pueblos Rurales Turísticos Argentinos, se puede lograr, en parte, que dichas poblaciones sean sustentables y no desaparezcan.

El proyecto establece que la autoridad de aplicación gestionará el acceso de los pueblos rurales turísticos a los siguientes beneficios:

-Identificación de necesidades de inversión pública, vinculadas a obras de infraestructura, recuperación del patrimonio cultural y/o arquitectónico y sus posibles fuentes de financiamiento.

-Apoyo en la gestión para obtener financiamiento en entidades públicas y/o privadas para emprendimientos turísticos- productivos a desarrollarse en el pueblo rural turístico.

-Asesoramiento en temas de promoción turística y de desarrollo de la producción local.

-Inclusión de catálogos, directorios, guías, publicidades, página Web, que promueva y desarrolle el Ministerio de Turismo de la Nación y/o del Instituto Nacional de Promoción Turística (INPROTUR).

- Participación en los programas de promoción y capacitación turística que promueva y desarrolle el Ministerio de Turismo de la Naci{on.