El Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios y sus consecuencias en el sector generan controversias y preocupación en un contexto económico complejo. Un descargo de Ricale ante un requerimiento de la AFIP sirve de anuncio de lo que puede venir.

“El legislador ha previsto un hecho de imposible cumplimiento, sin precedentes conocidos en la legislación tributaria, el cual extinguiría hasta su eliminación total y absoluta, a todos los agentes de viajes de la República, quienes se encuentran en idéntica situación”. El descargo presentado por Ricale a la AFIP es claro: ante la fiscalización que el organismo estatal mantiene con la empresa en relación al Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios, pero que es algo que abarca a todos los Agentes, la respuesta es un concepto: confiscación.
Si el requerimiento de la AFIP prospera este tipo de impuestos podría complicar a todo el sector de los Agentes de Viajes.

Contra los molinos de viento
En la ola por recaudar, mientras la Provincia de Buenos Aires planea aumentar los impuestos inmobiliarios y la Ciudad de Buenos Aires estudia nuevos tributos por las compras con tarjetas de créditos (y los golpes siguen en un contexto de crisis), el Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios se transforma en un importante obstáculo en el camino.
Así lo explica el tributarista Roberto Carlen, autor de la presentación de Ricale en un diálogo exclusivo con Mensajero Periódico Turístico: “La ley dice que todos los movimientos organizados de caja, efectuados en dinero en efectivo, realizados por empresas, se consideran alcanzados por la alícuota del impuesto, precisamente eso es lo que se pretende gravar en nuestra agencia, es decir los depósitos en efectivo que hacemos directamente en la cuenta de BSP, que naturalmente son importantes”. El mecanismo de depósito en la cuenta de BSP es ineludible, y así lo explica la presentación: “no estamos en presencia de un sistema organizado para eludir el uso de cuentas corrientes, sino simplemente de un mecanismo obligatorio sobre el cual las agencias no tienen poder decisorio, ni posibilidad alguna de evitarlo, ergo, no es un mecanismo sustitutivo ni elusivo del tributo, sino que se trata del único método posible para realizar el pago”.
En esta batalla quijotesca contra el monstruo recaudador, las empresas afectadas esperan un guiño positivo de parte de las asociaciones de agentes de viajes.

Ser intermediarios
Como explica la presentación, y como se viene tratando en otros temas impositivos, que ya fue citando Mensajero en sucesivas ediciones, el inconveniente es que no se encuadra el trabajo del Agente de Viajes como intermediario. De esta manera, los tributos no se fijan en la comisión, que es el margen de ganancia real, sino sobre todo el volumen de dinero que se maneja, por más que sea correspondiente a las estadías en hoteles o a pasajes aéreos, tal es el caso de los consolidadores.
En ese sentido, Carlen explicó que: “nuestra intención es lograr que la AFIP emita un dictamen que ponga en su justa medida el tratamiento fiscal de las agencias de viajes respecto de este tributo, tal como la ha hecho con otros impuestos que gravan la actividad”, y agregó: “No ponemos en duda la letra la ley,  la ley es muy clara, pero también es claro que un impuesto no puede ni debe ser confiscatorio, nunca puede ser mayor a la utilidad propia del contribuyente, y de aplicarse en nuestra actividad no sólo supera la ganancia sino también el margen bruto¨.

Para todo el sector
Como si todo esto fuera poco, Roberto Carlen anticipa que: “Si el ajuste que pretende  la AFIP prospera, más allá de que hay una serie de pruebas para que no sea así, todo el dinero que se deposita en el BSP sin pasar por la cuenta del intermediario, debería pagar el impuesto al cheque del 1,2 por ciento, aplicable a los años que no estuvieran prescriptos. Además, es obvio que la AFIP va a ir sobre todas las agencias que pagaron en efectivo, para cobrarles el impuesto”.
Si bien Ricale no forma parte de AAAVyT y AVIABUE, las posiciones confluyen por ser un tema que afecta a toda la actividad. En el diálogo que mantuvo Mensajero con directivos de Ricale, se expresaba la sensación de la lucha en soledad; mientras tanto, las asociaciones de Agentes de Viajes responden, al ser consultadas sobre este tema, que están realizando acciones en los organismos estatales correspondientes (ver página 4). En esta coyuntura que se presenta como complicada, el sector de los Agentes de Viajes se mantiene a la espera de una respuesta.

Confiscatorio

A la búsqueda de un dictamen favorable para su situación, la empresa presenta el concepto de confiscatorio: “Encontramos en los jueces opiniones unánimes y pacíficas respecto de cuáles son las situaciones en las que un impuesto es confiscatorio.
Estos pronunciamientos de manera unívoca, determinan que los tributos no pueden exceder la capacidad económica del contribuyente, si la excede será considerado confiscatorio”. Por eso, si se tiene en cuenta una comisión de un uno por ciento y un impuesto del 1,2 por ciento sobre el total, los números hablan por sí solos. En ese sentido la presentación de Ricale sostiene: “Es contundente la jurisprudencia en que la preservación del capital constituye una exigencia constitucional que se deriva del derecho de propiedad.
En nuestro caso no sólo se fulmina la renta, sino que se grava mas allá del ingreso fuente, hecho que a todas luces provoca una grave afectación del derecho de propiedad garantizado por la constitución y por el Pacto de San José de Costa Rica y constituye una violación a los principios elementales que hace la materia tributaria, esto es, no confiscatoriedad, reserva de ley, igualdad, capacidad contributiva y razonabilidad. Por ello, tenemos la absoluta convicción que no corresponde aplicar el ajuste pretendido”.