De acuerdo al decreto TU/476, del 29 de julio del 2013, se extiende en Uruguay el plazo de los beneficios para los turistas no residentes, hasta el 31 de julio del 2014. Esta medida busca atraer al turismo de los países limítrofes, especialmente argentinos, ya que este país es el que más turistas aporta al Uruguay.

Devolución del IVA sobre servicios turísticos prestados a personas físicas no residentes hasta el 31 de julio del 2014, abonados mediante tarjetas de débito o crédito emitida en el exterior. La empresa emisora de la tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el descuento que figure en el ticket emitido por el POS.

Los servicios comprendidos son:

A) Servicios gastronómicos, cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y similares, o por hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo y camping hostels, siempre que dichas prestaciones no integren el concepto de hospedaje.
B) Servicios de catering para la realización de fiestas y eventos.
C) Servicios para fiestas y eventos, no incluidos en el literal anterior.
D) Arrendamientos de vehículos sin chofer.

Devolución del 10,5% del precio del arrendamiento de inmuebles con fines turísticos a arrendatarios que sean personas físicas no residentes, siempre que el arrendamiento se realice en Inmobiliarias registradas y el medio de pago utilizado, sea tarjeta de débito o crédito emitidas en el exterior. Esta devolución operará hasta el 31 de julio del 2014. La empresa emisora de la tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el descuento que figure en el ticket emitido por el POS.

Se mantienen además los siguientes beneficios ya existentes:

A) Régimen de Tax Free, para compras realizadas en comercios adheridos al sistema, cumpliendo el trámite correspondiente en el momento de la compra y en tanto el egreso del país se produzca a través de alguno de los siguientes pasos de frontera: Aeropuerto Internacional de Carrasco, Aeropuerto de Laguna del Sauce, Puerto de Montevideo, Puerto de Colonia, Terminal de Arribos de Cruceros de Punta del Este, Puente Salto – Concordia, Puente Paysandú – Colón y Puente Fray Bentos – Puerto Unzué. Al momento de dejar el país, deberá completarse el trámite correspondiente para el reintegro, en los puestos debidamente identificados.
B) Descuento del 24% en combustible pago con tarjeta, sobre el precio de venta, en estaciones ubicadas en un radio de 20 Km desde los puestos de frontera con Argentina
C) IVA cero en Hoteles - Beneficio válido para extranjeros presentando documento.
D) Los peajes se pueden pagar en Pesos Uruguayos, Pesos Argentinos, Reales o D