El Turismo es cada vez un factor más preponderante para la economía de nuestro país. Año a año sus aportes crecen, como su participación en el Producto Bruto Interno que ya alcanza al 7 por ciento del total.

En busca de apoyo
Es por esta razón, que desde la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) impulsan una reforma tributaria para potenciar el turismo en la Argentina. La iniciativa ya está bajo análisis del Ministerio de Turismo y tiene por objetivo garantizar ventajas en IVA y Ganancias, que ya han demostrado ser útiles en otros países.
Las experiencias de Uruguay, España, Francia y Chile, entre otros, deberían bastar para ejemplificar cómo se ha impulsado la actividad a partir de mecanismos como la reducción de alícuotas para hoteles y restaurantes, la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por pagos con tarjeta de crédito e, incluso, la exención del pago del tributo para turistas que se alojen en hoteles.
A pesar de saber que debe respetar los tiempos propios de un año electoral, durante la semana pasada, Rafael Miranda, asesor del Departamento de Fiscalidad y Tributación de FEHGRA, señaló que la idea es que el proyecto sea impulsado por “el Ministro de Turismo”, y que incluso la mismísima presidenta de la Nación, Cristina Fernández, está al tanto del proyecto: “No hace mucho, Oscar Ghezzi (Presidente de FEHGRA) estuvo en una reunión en la que participaba la Presidenta y se habló de esto”, resaltó Miranda, que además rescató que ya han logrado avanzar en cosechar adeptos entre varios legisladores de diferentes partidos políticos, como el PRO y la UCR.

La propuesta
La iniciativa que impulsa FEHGRA intentará que el sector hotelero-gastronómico cuente con beneficios fiscales derivados de la adquisición de bienes de capital o de la inversión en infraestructura, como sucede con la amortización acelerada.  
Además, entre otros puntos, se propone la reducción del 50 por ciento en la alícuota general para los servicios hoteleros y  gastronómicos; la deducción del gasto en turismo en Ganancias; la desgravación de los importes abonados en concepto de contribuciones patronales; computar como pago a cuenta de otros gravámenes el 100 por ciento del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias; y la deducción del gasto en turismo en las declaraciones juradas personales de  Ganancias.