Parece nuevo, pero no es tan joven. Perfilaba para ser una bomba, y apenas fue un estallido. Sin embargo, gran parte de la esfera turística nacional volvió a sentir un cimbronazo.

Aunque en realidad es un coletazo de aquella famosa Resolución 3450 que el “fatídico” 18 de marzo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sacó a la luz,  agentes, operadores, compañías de transportes aéreos y terrestres, y hasta los clientes volvieron a experimentar días de incertidumbre y desconocimiento. El perjudicado una vez más, fue el Turismo que aminoró su marcha.
Pero, ¿qué paso? Días atrás el Diario La Nación publicó como primicia que los viajeros y turistas que decidan salir fuera del país tendrán que proveer la clave de identificación fiscal, aún si son menores de 18 años y no trabajan. Aunque dicha exclusiva data de marzo.
En este sentido, en lo que constituye un control para incorporar más datos fiscales de los contribuyentes, la AFIP había comunicado desde la Res 3450 que las aerolíneas y prestadoras de transporte comenzasen a exigir el CUIT o CUIL para aquellos argentinos que tengan que viajar fuera del país. En tanto, el requerimiento alcanza incluso a los menores de 18 años.

Aclarando que oscurece
La Administración Federal de Ingresos Públicos le envió una carta a la Cámara de Compañías Aéreas de la Argentina para aclararles que los menores de edad no están obligados a presentar una constancia de CUIT o CUIL cuando adquieren pasajes para viajar al exterior.
En el documento, el organismo recaudador aclaró que la resolución general 3450, que establece una percepción sobre las operaciones de adquisición de servicios turísticos, sólo alcanza a las personas físicas o jurídicas que compren los pasajes.
En efecto, el sujeto que paga el pasaje es quien podrá computar los importes correspondientes en sus declaraciones juradas sobre el Impuesto a las Ganancias o sobre Bienes Personales. Para ello es que deben informar su número de CUIT/CUIL/CDI al momento de adquirir los servicios, no así los menores que sean acompañantes.
Cabe destacar, que la aclaración de AFIP surge luego que distintas compañías de turismo, entre ellas la propia Aerolíneas Argentinas, impusiera la obligación de informar el CUIT de todos los pasajeros que viajaban al exterior, incluso el de los menores de edad que aún no iniciaron su vida laboral.
Tras el documento difundido por el organismo que encabeza Ricardo Echegaray, las empresas deberán ahora modificar sus sistemas informáticos ya que hasta hoy no autorizan la compra de pasajes si no se informa la clave fiscal de todos los viajeros.

Despejado
“Les recordamos que para el pago de reservas, los pasajeros residentes argentinos deberán informar el CUIT o CUIL. Agradeceremos que tenga la documentación a mano”, advierte una voz grabada en los centros de atención telefónica de Aerolíneas Argentinas y Austral.
Por su parte, desde la compañía de bandera, el Gerente Comercial Fabián Lombardo explicó que la exigencia de la AFIP no generó dudas en la operatoria, ni inconvenientes en la emisión de billetes. “Los pasajeros muestran disconformidad en general en las compras presenciales, no así en los canales no presenciales como web o call center”, sostuvo el funcionario. Y aclaró: “No se ha notado hasta el momento mermas en las reservas de corto y mediano plazo”.
A su vez, destacó que el trámite sólo consiste en colocar el número de cuil/Cuit informado por el pagador de cada Ticket -de ser extranjero el pagador tiene la opción de No se Informa o No Corresponde. “Aunque los menores no trabajen, también tienen CUIL y deben informarlo. Si no, no se pueden emitir los pasajes”, dijo Lombardo; y explicó que no hace falta llevar los certificados o documentación adicional al Aeropuerto.

En limpio
“Es todo una confusión. No hay nada nuevo, y por la publicación de un diario se viralizó una medida que hace tiempo se practica, o debiera hacerse”, remarcó Fabricio Di Giambattista, Presidente de la Asociación Argentina de Agentes de Viajes, en conversaciones con este medio.
En este sentido, el dirigente comentó que si la AFIP reglamentó una nueva norma, ellos no fueron notificados. “Llamamos a varios referentes del organismo fiduciario, y nos reunimos en Comisión Directiva para analizar esta noticia, y conclusión fue la misma: No hay nada nuevo”.
Para finalizar, Di Giambattista comentó que mientras “el pagador del viaje” publique su CUIL o CUIT, no debiera haber problema en que los menores se suban al avión con su ticket.

Ayuda memoria
El número de CUIT es la clave única de identificación tributaria con la que la AFIP identifica a empresas, comercios y trabajadores autónomos, entre los que se incluyen los monotributistas.
Por su parte, el CUIL (clave única de identificación laboral) es un código con el que la Anses identifica a los trabajadores en relación de dependencia y se puede chequear en la página web de ese organismo (www.anses.gob.ar) ingresando el número de DNI de la persona.
De acuerdo a la documentación de Anses, el trámite para la asignación de CUIL o la modificación de un dato filiatorio puede ser realizado por el titular o un tercero ante la dependencia Anses más cercana a su domicilio. Se puede presentar el DNI, la Libreta Cívica o la Libreta de Enrolamiento. Como excepción, y en caso de pérdida del DNI, la constancia de documento en trámite y otra documentación donde se pueda comprobar el nombre, apellido, la fecha de nacimiento y Número de documento.

Migraciones informa
En esta Dirección Nacional confirmaron que entre la documentación válida para viajar al exterior se encuentran el DNI verde, celeste, tarjeta y bordó (de extranjeros), pasaporte (indispensable para los países no limítrofes) y cédula de identidad del Mercosur.
En tanto, si se viaja al exterior con un menor, la legislación exige, además de los documentos que acrediten la identidad, la partida de nacimiento, la libreta de matrimonio o la autorización de viaje originales, con el fin de demostrar la filiación. Cuando el menor viaja solo o en compañía de uno de sus padres es necesario, además, un permiso de viaje del padre faltante.

Nos tientan
Chile decidió extender hasta fines de febrero los descuentos para los argentinos. Los mismos van desde el 20% y apuntan al consumo de 400 servicios turísticos, entre ellos restaurantes, excursiones, alojamientos, transporte y campings.
En todo Chile los beneficios llegaban hasta enero y la decisión fue tomada tras conocerse la ampliación del 20 al 35 por ciento en el recargo que los argentinos pagan en el exterior por sus compras con tarjetas de débito y crédito. A esto se sumó, por supuesto, la extensión de la medida que restringe la compra de billetes para el turismo en otros países.
La iniciativa busca aumentar el número de visitantes provenientes de nuestro país, con rebajas en prestaciones turísticas. Se trata de la campaña Cruza a Chile. En el sitio Web los argentinos pueden ingresar su ciudad de origen y el sistema les indica cuáles son las ciudades más cercanas en Chile y cuáles son los servicios con descuentos disponibles, con una amplia variedad de restaurantes, excursiones, alojamientos, transporte y camping, a precios muy convenientes.
A la hora de planear un viaje al país vecino, hay que saber que para obtener los descuentos, los argentinos deben presentar siempre su DNI en el lugar de destino.
A través del sitio www.cruzachile.com.ar, los vacacionantes tienen la posibilidad de consultar descuentos disponibles en los diferentes rubros.

AVIABUE despeja dudas
La entidad convocó a las agencias de viajes y operadores receptivos para discutir la aplicación de las normas de vigencia reciente: la resolución 3550 de AFIP y el comunicado 5499 del Banco Central de la República Argentina.
El objetivo de la charla fue despejar las principales dudas que surgen en el trabajo diario del sector desde la implementación de la normas. En este sentido, uno de los principales inconvenientes es la imposibilidad de cobrar en pesos a los pasajeros no residentes.
Pascual Barbieri, asesor tributario de la AAAVyT, y otros profesionales fueron los encargados de dar respuesta a las inquietudes.