Se suspenderán los vuelos desde México, Brasil y Chile
La medida, que parte de una Decisión Administrativa publicada en el Boletín Oficial, comenzará a regir el lunes. La intención es evitar el ingreso de nuevas cepas.
La llamada segunda ola de coronavirus atemoriza al país en todos los aspectos. Es por eso que el Gobierno nacional, con el objetivo de enfrentar la posible llegada de nuevas cepas determinó suspender los vuelos comerciales provenientes de Brasil, Chile y México. La medida, que parte de una Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete que encabeza Santiago Cafiero, entrará en vigencia mañana sábado y se comenzará a aplicar el próximo lunes.
Cabe mencionar que quedan exceptuados los vuelos hacia Argentina que tengan fecha de ingreso programada dentro de las 48 horas de entrada en vigencia la resolución, así como también los vuelos necesarios para el regreso de nacionales y extranjeros residentes que se encuentren en Brasil, Chile o México, siempre y cuando "hubieran salido del país previo a la entrada en vigencia de la presente con fecha de regreso programada posterior a las 48 horas de su entrada en vigencia".
Asimismo, el documento determina que se hará un control más exhaustivo para el ingreso de argentinos: deberán realizarse un testeo (a cargo del pasajero) para poder abordar el avión con destino al país, otro al llegar y un tercero al séptimo día luego de haber arribado. Quienes resulten positivos tendrán que hacerse otra prueba de secuenciación genómica al ingresar al país y cumplir la cuarentena junto con sus contactos estrechos en los lugares que indiquen las autoridades, con estadía a cargo del pasajero. Por el contrario, aquellos que den negativo cursarán el aislamiento en sus domicilios y deberán hacerse un nuevo testeo al finalizarlo. En todos los casos, la cuarentena será de diez días contando desde el momento de la primera prueba en el país de origen.
Por otra parte, desde la Jefatura de Gabinete anunciaron que "se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios. En caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, las autoridades deberán radicar una denuncia penal de acuerdo con los arts. 205 y 239 del Código Penal (por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública)". Además, el pasajero deberá declarar los lugares en los que estuvo los últimos 14 días previos al reingreso al país.