El Gobierno suspendió por dos años la obligatoriedad de realizar el trámite, que se hace junto con la actualización del documento de identidad a los 7 y a los 18 años.

CORRESPONSAL EN COLOMBIA

La Cancillería de Colombia expidió una resolución con la que se suspende por dos años la obligatoriedad de renovar el pasaporte cuando se renueva el documento al momento de cumplir la mayoría de edad. La noticia fue recibida con buen agrado entre los padres de menores de 7 y 18 años, pues en el país, al llegar a estas edades se debe cambiar de tipo de documento de identidad, haciendo entonces necesario actualizar la información en el pasaporte.

Desde el Gobierno colombiano se informó de la expedición de la Resolución 9270 del 13 de diciembre de 2022, firmada por el ministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán. Por medio de esta resolución, se suspende por un período de dos años el carácter obligatorio del cambio de pasaporte cuando los menores de edad cumplen 7 o 18 años.

“Prorróguese la vigencia de la Resolución 7421 del 14 de diciembre de 2021 y hasta por el término de dos (2) años a partir de la publicación de la presente Resolución, en el sentido de suspender la obligatoriedad del cambio de pasaporte cuando el menor de edad cumple siete años o alcanza la mayoría de edad, (…) siempre y cuando el pasaporte se encuentre en estado vigente”, explica el documento.

De acuerdo con lo expresado por Fulvia Benavides, directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, esta medida fue pensada para minimizar la congestión ocasionada por la alta demanda de pasaportes en el país, así como medida de protección, ante los altos picos de contagio de Covid-19.

“Ante la alta demanda de pasaportes que seguimos teniendo, y con el fin también de proteger tanto a los funcionarios como a los usuarios por los picos de contagio que se siguen presentando, y en acatamiento a la resolución que expidió el Ministerio de Salud y Protección Social, se tomó nuevamente la decisión de mantener esta suspensión de la obligatoriedad de cambiar el pasaporte para menores de edad por dos años más”, concluye.

De esta manera, de ser necesario actualizar el pasaporte de menores de edad, se deben seguir los siguientes pasos:

Paso 1. Diligenciar la solicitud por medio electrónico a través de la página web de la Cancillería.

Paso 2. Solicitar la cita a través del sitio web de la Cancillería, esto se puede realizar después de las 5:00 p.m., hora en que se habilita el sistema para el agendamiento de citas.

Paso 3. Una vez programada la cita, tanto el menor de edad como el solicitante deben presentarse personalmente en la oficina seleccionada y aportar los documentos requeridos para el trámite: copia auténtica del registro civil de nacimiento del menor expedido por el Notario, Registrador o Cónsul, con espacio de notas, según el caso; presentar pasaporte anterior si lo ha tramitado; en caso de pérdida o hurto del pasaporte, los padres del menor o su representante legal, deberán informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.