Se oficializó la tasa de seguridad de aviación
La medida regirá en los pasajes emitidos a partir del lunes 9 de enero tanto para vuelos internacionales y regionales como para los de cabotaje.
A través de la Resolución 3 publicada esta mañana en el Boletín Oficial, el Ministerio de Seguridad de la Nación plasmó un aumento en la tasa de seguridad de la aviación, la cual impactará directamente en el precio final de los pasajes aéreos, tanto en los tramos internacionales, regionales y de cabotaje.
El documento indica que la tasa de seguridad de aviación deberá ser abonada por "los pasajeros que embarquen en vuelos internacionales, regionales y/o de cabotaje de aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos de la República Argentina, a bordo de una aeronave comercial o no comercial, ya sea en vuelo regular, no regular o privado". Además, se aclara que la medida entrará en vigencia una vez cumplidos los tres días hábiles desde la publicación de la resolución, por lo que el aumento comenzará a regir el 12 de enero y "resultará de aplicación para los pasajes emitidos con posterioridad a la misma (fecha)”.
De todas formas, aclararon que quedan exceptuados de pagar el impuesto menores de tres años para los vuelos de cabotaje y menores de dos años para vuelos internacionales y regionales. Además, tampoco deberán abonarlo diplomáticos, pasajeros en tránsito (quienes arriban a un aeropuerto y continúan viaje tras una escala) y aquellos que embarquen en aeronaves de matrículas públicas, nacionales o provinciales como las militares, sanitarias, policiales, aduaneras.
Cabe recordar que este impuesto fue propuesto por la diputada Paula Penacca, alegando que era una tasa que ya se había cobrado en Argentina (ver nota).