Paritarias rama turismo: cómo es el acuerdo salarial firmado en mayo
FAECYS cerró un nuevo aumento para trabajadores del sector turístico, con ajustes escalonados y cláusula de revisión por inflación para 2025.
En un escenario marcado por la inflación y la necesidad de fortalecer el ingreso real de los trabajadores, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Faevyt) sellaron un nuevo acuerdo paritario para el sector turístico. La medida beneficia a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 547/08, vigente para agencias de viajes, operadores mayoristas y empresas del sector.
El entendimiento firmado regirá desde mayo hasta julio de 2025, y establece un aumento escalonado no remunerativo del 5,4 %, acompañado por sumas fijas mensuales. Además, contempla una cláusula de revisión para agosto, lo que permitirá ajustar los valores en función de la evolución de la economía.
Aumentos mensuales y sumas fijas: cómo se aplican
El nuevo esquema salarial contempla tres tramos no acumulativos:
- Mayo 2025: aumento del 1,9 % + suma fija no remunerativa de $35.000
- Junio 2025: aumento del 1,8 % + suma fija de $40.000
- Julio 2025: aumento del 1,7 % + suma fija de $40.000
Los incrementos se calcularán sobre las escalas básicas de abril 2025 y se liquidarán como "Incremento No Remunerativo – Acuerdo mayo 2025". Las sumas fijas se integrarán a los salarios en agosto en su valor nominal.
Consideraciones para presentismo, antigüedad y título
Aunque los montos pactados tienen carácter no remunerativo, se deberán computar para el cálculo de adicionales establecidos en el convenio: presentismo, antigüedad y título. Para ello, se utilizarán denominaciones específicas como “Acuerdo mayo 2025 No Remunerativo Presentismo” o sus equivalentes, garantizando así su impacto positivo en el salario final de cada trabajador.
Los incrementos acordados irán incorporándose a los básicos del convenio de manera escalonada:
- El aumento de mayo se suma en junio
- El de junio se suma en julio
- El de julio se integra en agosto
Esta metodología permite actualizar los básicos sin generar distorsiones acumulativas en los cálculos salariales y garantiza una mejora sostenida en el poder adquisitivo del personal.
Revisión en agosto y absorción de beneficios estatales
Las partes acordaron reunirse nuevamente en agosto para revisar las escalas y definir ajustes adicionales si las condiciones económicas lo requieren. En caso de que durante el período del acuerdo el Estado otorgue bonos o incrementos generales, el acuerdo podrá absorber dichos importes, pero solo si se formaliza mediante negociación colectiva.
Para trabajadores con jornadas reducidas, parciales o discontinuas, las sumas fijas se liquidarán de forma proporcional a la carga horaria. Además, los incrementos acordados no podrán ser absorbidos ni compensados por aumentos sectoriales anteriores a menos que hayan sido otorgados como adelanto a cuenta del presente acuerdo desde el 1 de febrero de 2025.
Homologación y pagos anticipados
El acuerdo ya fue presentado ante la Secretaría de Trabajo de la Nación para su homologación oficial. Mientras se completa ese proceso, los empleadores deberán abonar los aumentos bajo la leyenda “Pago anticipado a cuenta del Acuerdo Colectivo mayo 2025”. Una vez homologado, estos montos serán reemplazados por los rubros definitivos.