Javier Milei, esta noche, volvió oficial lo que era un secreto a voces: por medio de un DNU se derogaron tres leyes que impactan directamente en la actividad: Ley N° 18.828, que reglamenta la hotelería a nivel nacional; la 18.829, que rige a los agentes de viajes; y la 26.356 que regula al sistema de tiempos compartidos. 

Ante este escenario, se abre un abanico de preguntas sobre el momento en el que empieza a regir el DNU y cuáles son los pasos a seguir, ya que a nivel jurídico hay un proceso que debe continuar en la Justicia. 

EL CAMINO DEL DNU DE JAVIER MILEI 

El presidente de la Nación, junto con todos los ministros, -lo cual es una condición necesaria- firmaron el DNU que a la brevedad será publicado en el Boletín Oficial. A partir de ese momento, lo que se decreta entra en vigencia. 

Aunque, antes de seguir, hay que aclarar que la Constitución solo habilita su uso en circunstancias excepcionales en las que al Congreso le fuera imposible seguir los “trámites ordinarios” para la sanción de leyes. 

Entonces, una vez que se publica en el Boletín Oficial, el presidente tiene 10 días para enviar el documento a la Cámara Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso. Luego, esta área tiene otros 10 días hábiles para emitir su dictamen sobre la validez del DNU y enviarlo a plenario de ambas cámaras para que sea tratado. 

Un punto a tener en cuenta es que si la Comisión Bicameral no se expide en ese lapso de tiempo, las cámaras deben abocarse de oficio al tratamiento del DNU. Al respecto, Milei confirmó que habrá sesiones extraordinarias del Congreso y le pidió a la oposición que no obstruya las reformas. 

Luego, el tratamiento se dará en el Senado y en Diputados. Las cámaras solo pueden aceptar o rechazar el DNU, no pueden introducir enmiendas, modificaciones o agregados; y se resuelve por mayoría absoluta de los presentes, es decir, la mitad más uno.  

ACLARACIONES SOBRE EL DNU DE JAVIER MILEI

Entre los escenarios posibles, se inscribe que si ninguna cámara lo trata, el DNU queda vigente. En cambio, si una cámara lo acepta y la otra lo rechaza, el DNU sigue vigente; mientras que para que se pierda vigencia tiene que ser rechazado por ambas cámaras.