Además, los boletos que se emitan para la prestación de los servicios de transporte automotor de pasajeros de carácter interurbano, deberán contener la siguiente leyenda “TRATA DE PERSONAS es ESCLAVITUD. Si sabés algo, DENUNCIALO. 0800-555-5065”. La misma deberá ir acompañada del logo del MINISTERIO DE SEGURIDAD, pudiendo ser el mismo el fondo sobre el cual se superponga el texto de la leyenda. La falta de información y/o el incumplimiento en que incurran las empresas serán sancionadas conforme a lo establecido por el Decreto Nº 253 del 3 de agosto de 1995, modificatorios y concordantes , y demás sanciones administrativas y/o judiciales que pudieren corresponder.