Esta mañana, el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el DNU 378/2025 que modifica los tiempos máximos de vuelo y periodos de descanso para las tripulaciones de vuelo y de cabina de pasajeros, alineándolos a los estándares estadounidenses de la industria. 

Esta reforma fue impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía de la Nación. Según el oficialismo, la medida tendrá un impacto favorable para cualquier línea aérea que quiera operar en la República Argentina y pone al sector al servicio de los argentinos.

A su vez, permite que los operadores aerocomerciales cuenten con más libertades para organizar la operación, beneficiando a empresas y pasajeros que contarán con una mayor competitividad y más opciones de vuelo; siempre priorizando la seguridad operacional del sistema.

Cambios en los tiempos de vuelo y de descanso de los pilotos

Las modificaciones más relevantes son: 

Tiempo de vuelo y de servicios de vuelo: No se incluye el tiempo de traslado del personal al aeropuerto como inicio o finalización del servicio, ni las actividades realizadas fuera del control del explotador. Es decir, anteriormente se consideraba tiempo de trabajo el traslado del personal al aeropuerto (pilotos o tripulantes de cabina de pasajeros) así como el tiempo de espera hasta iniciar el vuelo, ahora ese tiempo no va a estar contemplado como horas trabajadas. 

● Tiempo mínimo de descanso semanal: Será de 30 horas semanales alineándolo a la normativa de la Administración Federal de Aviación norteamericana (FAA). Antes de esta modificación, el personal tenía 36 horas consecutivas de descanso semanal, lo que encarecía el costo de las tripulaciones, ya que para cubrir las mismas horas de vuelo en Argentina, se necesitaba más personal que en EE. UU.

Horas máximas de vuelo: Serán 1000 horas al año y 8 horas diarias, anteriormente eran 800 horas al año y 10 por día. Esto también colaborará en reducir los costos para las aerolíneas, haciéndolas más competitivas.

Vacaciones: Se dispondrán 15 días consecutivos de descanso anual y se elimina la noción sumatoria. La norma anterior contemplaba 30 días consecutivos de descanso anual para cualquier piloto que recién ingresaba a una línea aérea y a estos días se sumaban los 15 días de vacaciones de Ley, encareciendo los costos del sistema. Tener en cuenta que en EEUU un piloto goza de 14 días de vacaciones durante sus primeros cinco años en una empresa.

El alcance de la norma será sobre los servicios de transporte aéreo regular y no regular, quedando excluido el taxi aéreo, las operaciones con helicópteros, el trabajo aéreo, y el transporte de carga, quienes deberán cumplir las regulaciones técnicas que dicte la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). 

Cambios en los tiempos de vuelo y de descanso de los pilotos

De esta manera, aseguran que se continúa otorgando mayores libertades al sector aéreo, desburocratizando la industria con la eficientización de los recursos, para consolidar la apertura del mercado aerocomercial argentino y favorecer el ingreso de nuevas compañías e inversiones.

Fuerte rechazo gremial frente al Decreto 378

Luego de confirmar la nueva reglamentación de los pilotos, el sector gremial sacó un comunicado rechazando las nuevas medidas implementadas. “Desde la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), rechazamos el dictado del Decreto 378/25, el cual representa un significativo retroceso en los estándares de seguridad operacional de la aviación en Argentina”, expresó el documento. 

El comunicado que sacó APLA sobre el decreto 378/2025
El comunicado que sacó APLA sobre el decreto 378/2025

“Esta medida improvisada ha sido impulsada sin el debido cumplimiento de los principios básicos de gestión de la seguridad operacional, ignorando así: análisis de riesgos, estudios científicos y las condiciones reales del entorno operativo nacional. Responsabilizamos a la Secretaria de Transporte, y en consecuencia al Secretario de Transporte de la Nación, Luis Pierrini, y al Subsecretario de Transporte Aéreo, Hernán Gómez, por los posibles incidentes y accidentes derivados de la implementación de esta normativa, que ataca al eslabón más importante del sistema de seguridad: el factor humano”, afirmaron.

La fatiga, una de las principales condiciones que sufren los pilotos y el que resalta APLA en su comunicado.
La fatiga, una de las principales condiciones que sufren los pilotos y el que resalta APLA en su comunicado.

"El decreto introduce una considerable reducción en los tiempos de descanso de pilotos, que nada tiene que ver con los estándares internacionales, incluyendo el receso anual obligatorio, en un contexto en el que las condiciones operativas ya presentan una carga de trabajo elevada, infraestructura deficiente y procesos deteriorados. Este panorama incrementa la fatiga y, por lo tanto, compromete de manera directa la seguridad de las operaciones aéreas y de las personas", cerró.