El viernes, como adelanto, Mensajero publicó la información de que el Gobierno nacional iba a prorrogar el Fondo Nacional de Turismo. La confirmación llegó el lunes con la oficialización por medio de un DNU en el Boletín Oficial. En el documento, desde la gestión de Javier Milei, se estableció que la extensión de este financiamiento iba a ser hasta 2027. 

En un principio, la noticia resultó un alivio, ya que el domingo 5 de enero se vencía y, por lo tanto, se perdía la recaudación que el sector tenía, por medio del DNT, para incentivar su promoción. Pero luego de conocida la prórroga comenzaron a elevarse múltiples voces que ponían en jaque la maniobra que hizo el Gobierno nacional. 

La primera en poner el ojo en las formas fue la diputada del Frente de Todos, Ana Ianni, quien aseguró: “Ante un decreto que no cumple con los requisitos y normativas, y que más tarde o más temprano puede caer, es que decidimos insistir en esta ocasión con la presentación de un Proyecto de Ley que prorrogue el Fondo Nacional de Turismo”. De esta manera, la legisladora ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley

Por qué es “inconstitucional” el decreto que prorroga el FNT

Más allá del accionar de Ana Ianni, con el transcurso de las horas, múltiples abogados constitucionalistas plantearon que el DNU por el cual se estableció una prórroga es “inconstituacional”. Uno de ellos fue el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez explicó que “el Poder Ejecutivo no puede legislar en materia tributaria y toda modificación impositiva debe pasar por el Congreso de la Nación”. 

En esta misma línea se expresó Daniel Sabsay, uno de los abogados constitucionalistas más importantes del país, quien aclaró que si bien el fondo de turismo puede prorrogarse, la Constitución “establece claramente el principio de legalidad para la creación de impuestos”, por lo tanto, la prórroga no puede ser establecida por un DNU. 

Daniel Sabsay
Daniel Sabsay

En palabras de Domínguez, el DNU 4/2025 “es nulo de nulidad absoluta” y que cualquier persona a la que se le aplique el impuesto cuando adquiera un pasaje puede pedir impugnarlo judicialmente. 

Pero en algunos casos, las voces fueron más allá. Por ejemplo, desde la Coalición Cívica calificaron al decreto como inconstitucional, argumentando que viola el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional, el cual prohíbe al Poder Ejecutivo dictar normas de naturaleza tributaria por decreto.

Por su parte, Margarita Stolbizer, diputada nacional de GEN, anunció que presentó un proyecto para rechazar esta pretensión recaudatoria y que se arroga una vez más potestades que son del Congreso. “Una vez más, el titular del Poder Ejecutivo desafía a este Congreso Nacional a través de una norma que, claramente, es violatoria de las limitaciones que le impone la propia Constitución Nacional y la vigencia del Estado de derecho democrático y republicano y la división de poderes”, explica la fundamentación del documento.