El Gobierno modificó un DNU que data de 2002 y determinó que, de forma mensual y trimestral, se publicarán los parámetros para establecer los costos.

A partir de la resolución 565/2022 publicada xxx en el Boletín Oficial, el Gobierno cambió la manera de calcular el valor de referencia para los pasajes de los micros de media y larga distancia.

La normativa lleva la firma de Alexis Guerrera, ministro de Transporte de la Nación, y en ella se aclara que se publicará mensual y trimestralmente las bandas tarifarias para fijar los costos de los pasajes en micro.

"Es necesario disponer las medidas conducentes para brindar sustentabilidad de los servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros y de los brindados por las terminales de ómnibus que los asisten y, a su vez, generar las condiciones que permitan su futuro desarrollo, acompañando su recuperación", establece la normativa.

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De este modo, el Gobierno nacional aclaró cuáles serán las modificaciones de referencia en un DNU que data de 2002 y además determinó que, a partir de ahora, de forma mensual y trimestral, se podrán publicar los parámetros para establecer sus costos.

A raíz de estos posibles cambios, es factible que se tome como punto de partida una de las variables representativas de los costos de la actividad, como lo es el precio de venta al público del gasoil grado 2 de YPF.

A partir de este accionar, la intención es mantener una tarifa razonable para los servicios, con el objetivo de que permanezca actualizada y evite distorsiones en el mercado, y así finalmente se pueda cubrir de forma adecuada los costos que tenga que atravesar este sector.