Hasta mañana, los contribuyentes podrán deducir el impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2021. Cómo realizar la gestión.

Tal como se anunció hace un mes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que la fecha límite para tramitar la devolución del 35 % del Impuesto a las Ganancias será el 13 de abril.

Vale recordar que este trámite pueden iniciarlo quienes hayan comprado dólar ahorro, y los pasajeros que efectuaron gastos que se realizaron en moneda extranjera mediante tarjeta de crédito y débito. "Los empleados en relación de dependencia que les retienen ganancias deberán presentar el Formulario Web 572 correspondiente al 202 para recuperar las percepciones del 35 % del año pasado", aclararon desde la AFIP.

Los pasos para cumplir con la obligación de carga de deducción son los siguientes:

1. Ingresar en www.afip.gob.ar

2. Acceso con clave fiscal

3. Seleccionar SIRADIG – Trabajador o Administrador de Relaciones de Clave Fiscal

4. Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta

5. Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020 en el sector del Formulario F572 Web.