El Gobierno nacional puso en funcionamiento una nueva estrategia, con la que busca prevenir el aumento en el número de contagios durante la época decembrina.

CORRESPONSAL EN COLOMBIA

Con la expedición y puesta en marcha del Decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021, se reglamenta esta iniciativa del Gobierno nacional. En el Decreto, se es posible encontrar las pautas a seguir para su correcta implementación, así como los lugares y tipo de actividades que están obligados a hacerlo.

La novedad y su principal herramienta de control para evitar la propagación desmedida del COVID-19 en el territorio nacional, es la exigencia del carnet de vacunación para el ingreso a actividades y lugares de ocio.

La medida estará en fase pedagógica hasta el 15 de noviembre, a partir del 16 los mayores de 18 años y desde el 30 los mayores de 12 años, deberán presentar su carnet de vacunación COVID-19 para ingresar a eventos como conciertos y ferias. Además, se pedirá el carnet para sitios como restaurantes, bares, salas de cine, discotecas, casinos, bingos, estadios, parques de diversiones, parques temáticos y museos.

Asimismo, se aplicará lo dispuesto en el Decreto 1408 en las actividades que se realicen en los salones sociales de los conjuntos residenciales, o en los salones comunales de los barrios, también en eventos especiales o privados que tengan lugar en las iglesias, tales como casamientos y festivales religiosos.

Inicialmente será válido presentar el carnet de vacunación COVID-19 incluso con sólo una dosis del esquema. El Ministerio de Salud y Protección Social en conjunto con el Ministerio del Interior, determinarán la fecha desde la cual se exigirá la documentación.

Además de la exigencia del carnet, los diferentes establecimientos deberán seguir implementando las medidas de bioseguridad previamente decretadas por el Gobierno nacional.