Los viajeros deberán presentar una prueba RT-PCR negativa realizada hasta 10 días antes de su llegada.

Desde el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional de Ecuador informaron que, desde el 13 de enero comenzarán a regir los nuevos "Lineamientos para los puntos de entrada Vía Aérea, Terrestre y Marítima", los cuales fueron presentados por el Ministerio de Salud Pública. Estas normativas determinan que aquellos pasajeros que ingresen al país por vía aérea, terrestre o marítima deberán presentar una prueba RT-PCR negativa realizada hasta 10 días antes de su llegada.

Asimismo, los viajeros deberán completar una Declaración Jurada de Salud del Pasajero antes de desembarcar en el Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre de Quito, que luego será presentada ante el Ministerio de Salud local. Por su parte, aquellos que evidencien síntomas relacionados con el COVID-19 al momento de ingresar al país serán evaluados y sometidos a una prueba rápida de antígenos.

Desde el COE informaron que el Ministerio de Salud Pública (MSP) realizará de forma aleatoria una prueba rápida de antígeno a los viajeros que ingresen al país. En caso de que resulte positiva, el pasajero deberá hacer aislamiento obligatorio por diez días en los alojamientos asignados. De ser negativa, se podrá continuar con sus actividades sin el aislamiento. De todas formas, los menores de 14 años y los tripulantes están exentos del testeo.

Por otra parte, todos los viajeros que lleguen al país deberán acogerse a disposiciones generales como cumplir con el uso obligatorio de tapabocas, el lavado de manos y el distanciamiento social.