La mirada estaba puesta en la publicación del decreto que extiende el aislamiento y el distanciamiento hasta el 25 de octubre, pero el documento no sumó novedades.

Hace unas horas se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 792/2020 por medio del cual el Gobierno nacional extiende el Aislamiento y el Distanciamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 25 de octubre.

Desde el sector se esperaba confiado en que esta reglamentación incluyera la habilitación para comenzar a activar el regreso de los vuelos regulares.

Si bien ya se ha adelantado por parte del Ministerio de Transporte que en una primera etapa el servicio estará destinado sólo esenciales (viajes laborales o salud, por ejemplo) este inicio representa la reactivación de la industria aerocomercial que según las proyecciones que se manejan a nivel global recién podrá recuperar en 2024. 

Pero, contrario a lo esperado el Decreto no hace más que reafirmar la situación actual. En los puntos quinto y sexto del Artículo 8° deja en claro que se prohíbe la circulación del transporte de pasajeros interjurisdiccional e internacional y el turismo para las provincias cuyo departamentos estén bajo el Distanciamiento Social, preventivo y obligatorio.

De esta manera, sitios como Tucumán (sin contar a la capital), Corrientes, Misiones y San Juan (menos Rawson y la capital) que ya habían reactivado  su turismo interno quedan alcanzados por la prohibición. Ahora resta esperar si los gobernadores dan curso a la medida. 

De cualquier manera, el decreto aclara que el jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer excepciones de acuerdo a la situación epidemiológica y sanitaria del lugar. 

Volviendo al tema vuelos, teniendo en cuenta que el ministro de Transporte de la Nación, Mario Meoni, hace unos día aseguró que el regreso se daría entre el 12 y el 15 de este mes, el sector seguirá esperando por una confirmación oficial que indique fecha exacta para el reinicio y los detalles sobre quiénes podrán utilizar estos servicios.