Luego de la publicación del decreto que prorrogó el acceso al plan de pagos hasta el 31 de agosto, AFIP emitió la reglamentación que lo hizo oficial. 

En el marco de la crisis sanitaria y económica que desató la pandemia en el país, el Gobierno nacional dispuso la extensión de los plazos para ingresar a la Moratoria 2020. De esta manera, las pymes, monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro tendrán tiempo hasta el 31 de agosto para ingresar a este plan de pagos que les permite financiar todas sus deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de noviembre de 2019.

Ante la persistencia de la emergencia sanitaria, que se traduce en la paralización de una gran parte de la actividad económica, el Gobierno ya había dispuesto varias prórrogas anteriormente. Esta vez lo hizo por medio del DNU 634/2020, mientras que AFIP emitió ayer la resolución general 4784 para reglamentar la medida.

Allí, además, están incluidos los detalles de la moratoria, que no sufrió ningún tipo de modificación. Los planes de pago que se presenten en el transcurso de este mes deberán abonar la primera cuota antes del 16 de septiembre.

Mientras tanto, los proyectos de moratoria ampliada y de suspensión de plazos de concursos y quiebras, que obtuvieron media sanción en Diputados, avanzan en el Congreso. El viernes pasado, el presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, Sergio Massa, le envió el giro parlamentario al Senado. Ahora la Cámara Alta deberá tratarlos y aprobarlos para que se conviertan en ley. El primer texto permitirá que se incluyan todas las deudas impositivas y previsionales acumuladas hasta el 31 de julio de este año.