Tendrá un monto de 30.000 millones de pesos y estará enfocado en respaldar a las pequeñas empresas que quieran acceder a créditos para capital de trabajo.

Hace unos días, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) le elevó al Gobierno nacional una lista con medidas sugeridas para salvaguardar la integridad de las pymes ante la enorme crisis sanitaria y económica que generó la expansión del coronavirus. En uno de esos puntos se resaltaba la necesidad de crear un fondo de garantías nacional para incentivar a que los bancos les presenten a las compañías que hoy no se encuentran en condiciones de obtener créditos. Esa solicitud se cumplió ayer por la noche, con el suplemento de la edición del Boletín Oficial del 31 de marzo, en el que se publicaron cuatro Decretos de Necesidad y Urgencia. En el DNU 326/2020, se habilitó al Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación y al Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR) a constituir un Fondo de Atención Específica, "con el objeto de otorgar garantías para facilitar el acceso a préstamos para capital de trabajo por parte de las micro, pequeñas y medianas empresas inscriptas en el registro de MiPymes".

La intención de estas garantías sostenidas por el Estado, que podrán cubrir hasta el 100% del empréstito, es asegurar el repago de los préstamos para capital de trabajo, incluyendo salarios, aportes, contribuciones patronales, y cobertura de cheques diferidos que se le otorguen a las pymes.

El Estado pondrá en ese fondo 30.000 millones de pesos, que se le brindarán a las entidades bancarias y entidades no financieras que desarrollen herramientas de financiamiento. También servirán para respaldar las emisiones de las sociedades de garantía recíproca y de los fondos nacionales, provinciales, regionales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por su parte, el FOGAR y la cartera de Desarrollo Productivo serán los encargados de decidir  los requisitos exigibles en cada caso, así como las líneas de financiamiento para las garantías a repartir. Esta medida se mantendrá vigente por el tiempo que dure la emergencia pública, contemplada en la ley 27.541.