Entre tantos requisitos y condiciones, viajar a Estados Unidos se ha convertido en un verdadero problema. Ante la situación, y para poner blanco sobre negro, el VISIT USA Committee Argentina, emitió una información de suma relevancia para no confundir a los viajeros.

Dada la gran cantidad de consultas recibidas respecto a los nuevos requerimientos para el ingreso a Estados Unidos, y ante la temporada alta que se avecina, el VISIT USA Committee Argentina decidió emitir un informe sobre los aspectos más relevantes del Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program). A continuación, las recomendaciones y los puntos a tener en cuenta antes de embarcarse hacia el país del norte.

Primeras sugerencias
En primer lugar, cabe destacar que si el pasajero es argentino o ciudadano de algún país no incluido en el Programa de Exención de Visas y tiene una visa vigente de Estados Unidos, no necesita realizar ningún trámite previo a su viaje.
Por el contrario si se trata de un ciudadano con pasaporte de alguno de los países incluidos en el programa, tales como Alemania, Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, Dinamarca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido, San Marino, Singapur, Suecia y Suiza; y viaja con posterioridad al 11 de enero de 2009, sí deberá notificar su próximo arribo con al menos 72 horas antes de su partida.
A partir del 12 de enero del 2009, los titulares de pasaportes de países que integran el Programa de Exención de Visas, están obligados a conseguir una autorización de viaje electrónica antes de embarcar hacia los Estados Unidos. La misma podrá solicitarse vía Internet, en el sitio  esta.cbp.dhs.gov  y clickeando sobre la solapa “Postular”. Una vez enviada la solicitud, el sistema entregará un número que será necesario tener al momento de revisar el estado o actualizar una aplicación. Es importante que cada miembro de un grupo familiar tenga una autorización de viaje aprobada o una visa, independiente de la edad.

Cuestiones del pasaporte
Los pasaportes deberán cumplir con los requisitos necesarios como ser lectura óptica, foto digital o chip electrónico para poder viajar a los Estados Unidos. Un pasaporte legible por máquinas contiene dos líneas de texto con números y los siguientes símbolos “<<<” al final de la página de información personal con la foto del titular del pasaporte. Los documentos obligatorios difieren según la fecha de emisión o renovación del pasaporte, como se indica a continuación:
Si un pasaporte fue emitido o renovado/extendido en o después del 26 de octubre del 2005 y no cumple con los siguientes requerimientos, el viajero debe obtener una visa:
1. Los pasaportes legibles por máquinas emitidos o renovados/extendidos en o después del 26 de octubre del 2005 hasta el 25 de octubre del 2006 deben cumplir los siguientes requisitos. Una fotografía digital impresa en la página de datos del pasaporte es obligatoria o bien un chip integrado que contenga información de la página de datos (e-passport).
2. Los pasaportes legibles por máquinas emitidos o renovados/extendidos en o después del 26 de octubre del 2006 tienen que ser e-passports.
3. Los pasaportes temporales, de emergencia, oficiales y diplomáticos están exentos del requerimiento de foto digital y chip electrónico, pero deben ser legibles por máquinas. Esta regla se aplica a todos los países en el Programa de exención de visa salvo para Alemania. Los pasaportes alemanes temporales o de emergencia no son válidos para viajar bajo el Programa de exención de visa, y deben contener una visa para admisión en Estados Unidos.
Actualmente el Programa de Exención de Visas permite que los ciudadanos con pasaportes emitidos en los países anteriormente mencionados puedan viajar a los EE.UU., por turismo o negocios, sin visa.

Sistema Electrónico
Con el Sistema Electrónico para la Autorización del Viaje (ESTA, por su sigla en inglés), todos los ciudadanos de países con exención de visado que planeen viajar a Estados Unidos, temporalmente por negocios o placer en el marco del Programa de Exención de Visado, necesitarán recibir una autorización electrónica del viaje antes de embarcar en un avión o un barco de crucero con destino a Estados Unidos.
El Sistema Electrónico para la Autorización del Viaje determinará, casi inmediatamente en muchos casos, si una persona cumple los requisitos para viajar sin visado y si el viaje plantea algún riesgo para el orden público o la seguridad. La solicitud se podrá presentar en cualquier momento antes del viaje y, una vez aprobada, será válida por un período de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante si es antes de ese período. Las autorizaciones también serán válidas para entradas múltiples a Estados Unidos. Para facilitar el proceso de autorización, el Departamento de Seguridad Nacional recomienda que se presente la solicitud tan pronto como el solicitante comience a planear el viaje a Estados Unidos y no menos de 72 horas antes de viajar.

Confirmación de datos

Las autoridades norteamericanas recomiendan además, que antes de emprender un viaje los interesados se aseguren de que los requerimientos no se hayan modificado ingresando a www.cbp.gov/travel (página que incluye toda la información detallada sobre el Programa de Exención de Visas) o bien contactándose con la Sección Consular de la Embajada de Estados Unidos en Argentina telefónicamente al (011) 5777-4533 o a través de su sitio web spanish.argentina.usemb