Cada anexo fue elaborado por el MinTurDep en conjunto con la CAT y el ICTA, y las entidades especializadas en cada rubro.

Con el objetivo de hacer frente a la situación actual y ayudar a la recuperación de la actividad, estableciendo criterios de prevención sanitaria a nivel nacional, el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación presentó los anexos del Protocolo COVID-19 para Prestadores Turísticos. Uno es el correspondiente al Enoturismo y destinado a bodegas y viñedos que brindan servicios al turismo, con el fin de contener la propagación del virus en todas las áreas vinculadas directa o indirectamente con la prestación. Por otro lado, uno para guías de turismo que establece criterios de prevención sanitaria a nivel nacional.

En el caso del primero, además del ministerio intervino en su elaboración la Cámara Argentina de Turismo (CAT), el Instituto de Calidad Turística Argentina (ICTA), la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR) y las provincias, a través del Consejo Federal de Turismo.

"Es momento de trabajar en conjunto, con creatividad e ingenio, los valores diferenciadores en la creación de productos enoturísticos novedosos, unificando esfuerzos", puntualiza el documento.

Entre otras medidas, recomienda establecer una metodología que asegure la mínima manipulación de las copas para las degustaciones previo a la entrega al visitante. Por ejemplo, apertura de packs de copas, utilizar envoltura cerrada, incluir la copa en el precio de visita y que el/la turista se la lleve como recuerdo, entre otras posibles acciones. Se aconseja no permitir la manipulación de la botella por parte del visitante.

Además, sugiere considerar el diseño y señalización de recorridos de sentido único para evitar cruces de grupos y, cuando sea posible, utilizar y marcar áreas exteriores como parte de un esquema de enrutamiento unidireccional.

También plantea la necesidad de estipular el número máximo de turistas o visitantes que pueden participar de la visita guiada en la bodega, prestando especial atención a las medidas de distanciamiento social vigentes y a los espacios físicos a ser utilizados para evitar su saturación y cuidar así la capacidad de carga.

A la vez, destaca que hay que evitar el uso del libro de visitas y formularios impresos de encuestas de satisfacción o quejas y, en cambio, disponer de medios digitales y redes sociales para tal fin.

A fin de complementar la capacitación, sugiere que el Área de Turismo de la Bodega diagrame un plan de capacitación del personal que incluya los cursos autogestionados disponibles en la plataforma de capacitación del Ministerio de Turismo y Deportes.

En cuanto al vinculado a Guías de Turismo, además del ministerio, CAT e  ICTA, también participó de su desarrollo la Asociación Argentina de Ecoturismo y Turismo Aventura (AAETAV), la Federación de Cámaras de Turismo de la República Argentina (FEDECATUR) y las provincias, a través del Consejo Federal de Turismo.

Entre otras pautas, el anexo establece que, antes del inicio de la prestación del servicio, se solicitará a los pasajeros o visitantes una declaración jurada sobre síntomas relacionados con COVID-19, siempre que esta tarea no haya sido realizada previamente por la agencia de viajes, empresa u organismo a través del cual se contrató el servicio.

En caso de que el servicio requiera el traslado o guiado en bus u otro tipo de vehículo tercerizado y ocupado con pasajeros/as provenientes de otros destinos, se requerirá una declaración jurada a la empresa contratista que acredite que la unidad se higieniza adecuadamente y que los/as pasajeros/as no presentan síntomas. Las paradas técnicas para el uso de baños públicos se harán en lugares previamente relevados que hayan evidenciado una adecuada higiene de las instalaciones.

Ya durante la prestación del servicio, se recomienda evitar la entrega de material impreso y optar, en su lugar, por el envío de la información a través de cualquier medio de comunicación digital.

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