A través de dos resoluciones publicadas hoy en el BORA, el Gobierno autoriza a atender por medio de “locales virtuales” y a extender los plazos de cierre temporario.

En el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19, desde el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación se pusieron en marcha nuevas medidas vinculadas al funcionamiento de las agencias de viajes.

En primer lugar, se habilitó la posibilidad de que funcionen a través de un local virtual hasta el 31 de diciembre de 2020, estableciendo ante la Dirección de Agencias de Viajes un domicilio legal, además de la operatoria vía web preservando las condiciones establecidas para su correcta fiscalización.

A su vez, para evitar cierres definitivos de las agencias más pequeñas, se extendieron los plazos de su cierre temporario, sin perder el legajo correspondiente desde los 60 días vigentes hasta el 31 de diciembre de 2020.

Ambas medidas fueron anunciadas en diferentes resoluciones publicadas este lunes en el Boletín Oficial de la República Argentina.

La normativa también contempla la posibilidad de incluir actividades conexas dentro del funcionamiento de las agencias. Para ello, deberán formalizar el pedido ante la Dirección de Agencias de Viajes.

Esto se suma a las resoluciones 133/20 y 157/20, que ya están vigentes, a través de las cuales quedaron suspendidos los vencimientos correspondientes a las Renovaciones del "Certificado de Turismo Estudiantil" desde su publicación, el 18/03, hasta el 31/05 inclusive. Los vencimientos podrán extenderse hasta que finalice el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Vale aclarar que la Dirección de Agencias de Viajes habilitó correos electrónicos específicos para temas vinculados con su operatoria, extendió los plazos y eliminó los aranceles para los trámites que se deben realizar bajo su órbita. Asimismo, autorizó la posibilidad de que hasta dos agentes de viajes puedan compartir sus estructuras funcionales en un local por un año.

Ante cualquier consulta, remitirse a registroagencias@turismo.gob.ar