Por medio de un decreto, el Gobierno establece esta medida aunque aclara que podrán ingresar quienes estén en tránsito aéreo hasta las próximas 48 horas.

Después de que ayer el presidente de ITUREM, Leopoldo Lucas, explicara a este medio que aún seguían ingresando extranjeros, además de argentinos, desde Brasil mediante el puente internacional Tancredo Neves (Puerto Iguazú), el presidente de la Nación, Alberto Fernández, anunció el cierre total de las fronteras.

En medio de la crisis sanitaria nacional establecida por el poder Ejecutivo, el Decreto 313/2020 publicado en el Boletín Oficial en las primeras horas de hoy, determina que se amplíen los alcances de la prohibición de ingreso al territorio nacional a las personas residentes en el país y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior. Anteriormente esta medida solo regía para extranjeros, y esta situación era algo que se preveía desde el momento en que el presidente de la Nación explicó que se suspendían las repatriaciones de argentinos.

Esta norma alcanza a todos los puntos de acceso al país, ya sea puertos, aeropuertos, pasos internacionales y centros de frontera; y según indica el documento estará vigente hasta el 31 de marzo. Aunque, aclara que el Ministerio del Interior es quien tiene autorización, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional, de ampliar o abreviar los plazos.

Con respecto a las excepciones, el decreto resalta que, además de las ya incluidas con anterioridad, esta vez abarca a aquellas personas que, al momento de la entrada en vigencia, osea hoy, se encuentren en tránsito aéreo hacia la Argentina con fecha de ingreso comprobada dentro de las 48 horas siguientes. Asimismo, prevé que puedan establecerse otras excepciones. "Sin perjuicio de lo expuesto, el eventual ingreso efectivo al país de cada persona o medio de transporte autorizado, estará supeditado al estricto cumplimiento de las recomendaciones y directivas de la autoridad sanitaria nacional", apunta el documento.

Finalmente, el último artículo confirma algo que había adelantado Alberto Fernández. "El ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto adoptará, a través de las representaciones argentinas en el exterior, las medidas pertinentes a efectos de facilitar la atención de las necesidades básicas de los nacionales argentinos o residentes en el país que no pudieran ingresar al territorio nacional", explica el decreto. A su vez, resalta que esto se hará "en el marco de sus posibilidades y cooperando con el Estado en el que se encuentren", hasta tanto puedan retornar al país.